DECRETO 1369 / 2017 DECRETO de 10 de Mayo de 2017

Fecha de disposición10 Mayo 2017
Fecha de publicación24 Mayo 2017
Número de registro59787
Número de Gaceta29008

DECRETO N° 1.369/9 (MDP), del 10/05/2017.

Expediente N° 892/390-A-12 y Agdos.-

VISTO el Recurso de Alzada interpuesto por la Empresa de Distribución Eléctrica de Tucumán S.A (EDET S.A.) en contra de la Resolución N° 60/16 03/03/16, emitida por el Ente Único de Control y Regulación de los Servicios Públicos Provinciales de Tucumán (ERSEPT); y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución EPRET ASU N° 228/12 del 31/08/12 el Jefe del Area Servicios al Usuario resolvió hacer lugar al reclamo formalizado por el señor Ramón César Albornoz, determinando que existe una estimación de consumo por parte de EDET en los períodos 3 a 6 del año 2012, por lo que le impuso una multa del 30 % de la suma de los importes de las facturas estimadas por violación de lo dispuesto en el numeral 11.4.3 apartado B del Anexo II- Anexo 4 del Contrato de Concesión; y se ordena compensar el crédito derivado de la factura cuestionada con la que surge de la multa impuesta, debiendo la diferencia resultante ser abonada por el usuario en 4 cuotas fijas y sin ningún interés. En el supuesto que la factura ya hubiere sido abonada la multa en su totalidad será consignada como crédito a favor del reclamante;

Que el Recurso de Alzada se presentó dentro del plazo establecido por el art. 68 de la ley 4.537 y se acredita el pago de tasa por servicio administrativo, por lo que es formalmente admisible;

Que la empresa EDET S.A. funda su recurso en que en la Resolución que se recurre y su antecesora, los hechos y antecedentes son falaces, por lo que ambas Resoluciones carecen de causa;

Que existe una falta de adecuación de los hechos con el supuesto punible por lo que la sanción deviene ilegítima;

Que no existió estimación de consumo sino consumo real elevado por su carácter estacional;

Que además solicita se otorgue efecto suspensivo al recurso interpuesto;

Que la Resolución EPRET ASU N° 228/12 se...

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