DECRETO 1362 / 2020 DECRETO de 5 de Agosto de 2020

Fecha de Entrada en Vigor 2 de Septiembre de 2020
Fecha de la disposición 5 de Agosto de 2020
Número de Boletín29807
Fecha de Publicación 1 de Septiembre de 2020
Número de documento78468

DECRETO N° 1.362/3(SH), del 05/08/2020

EXPEDIENTE N° 159/170-DJ-2019

VISTO el presente expediente mediante el cual la Dirección Judicial de Fiscalía de Estado solicita autorización para que la Unidad de Control Previsional de Tucumán adopte las medidas tendientes a modificar el haber previsional del señor Osvaldo Guido Tiberi actor del juicio "Tiberi Osvaldo Guido el Provincia de Tucumán s/ Contencioso Administrativo (Expediente 472/14)", de conformidad con lo resuelto por Sentencia N° 404 del 7 de agosto de 2017, dictada por la Excma. Cámara Contencioso Administrativo - Sala II -FS. 2/13-, Y

CONSIDERANDO:

Que la sentencia reconoce al señor René Osvaldo Guido Tiberi el derecho a la movilidad del beneficio previsional y al reajuste de su haber jubilatorio, y a percibir las diferencias originadas y las que se generen en periodos futuros.

Que a foja 33, la Subgerencia Previsional de I.P.S.S.T. practica la actualización del haber vigente a diciembre 2019, según la mencionada sentencia y conforme a la nueva escala salarial, conforme Decreto N° 3.221/3(SH) del 18 de octubre de 2019, en el que queda determinado en la suma de $ 93.305,14; Y asimismo fija el valor de la Asignación Mensual y Personal - (Cód. 040-556).- en la suma de $ 45.187,92.

Que la Dirección de Auditoria de Fiscalía de Estado (fs. 36) informa que el monto de la Asignación Mensual y Personal es razonable, y Contaduría General de la Provincia a foja 37, se expide sin formular objeciones.

Que en consecuencia, corresponde dictar la medida administrativa tendiente a modificar la asignación mensual y personal de la actor del juicio de referencia, aplicando la movilidad reconocida.

Por ello, y atento a lo informado por la Dirección General de Presupuesto a foja 38 y en mérito al Dictamen Fiscal N° 647 del 16 de marzo de 2020, adjunto a foja 40, de estos actuados,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

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