DECRETO 1349 / 2020 DECRETO de 3 de Agosto de 2020
Fecha de Entrada en Vigor | 26 de Agosto de 2020 |
Fecha de la disposición | 3 de Agosto de 2020 |
Número de Boletín | 29802 |
Fecha de Publicación | 25 de Agosto de 2020 |
Número de documento | 78381 |
DECRETO N° 1.349/1 (FE), del 03/08/2020.
EXPEDIENTE N° 412/170-P-19.-
VISTO, estas actuaciones mediante las cuales la Dirección General de Catastro de la Municipalidad de Tafí del Valle informa sobre la usurpación de una parcela ubicada en Ruta Provincial 307 km 63, frente a la Comisaría de Tafí del Valle, considerada espacio verde del Loteo La Quebradita, perteneciente al Superior Gobierno de la Provincia, identificado con el Padrón N° 682.474, inscripto en el Registro Inmobiliario en la Matrícula T -29330, y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 1/2 indica que en el predio ilegalmente ocupado se encuentra previsto construir el Helipuerto del Hospital Regional, cuyo proyecto está llevando a cabo el Ministerio de Salud de la Provincia en conjunto con la Municipalidad de Tafí del Valle.
Que a fs. 3/16 adjunta: antecedentes de dominio de los Padrones N° 682.474, N° 281.467 y N° 582.413, croquis de ubicación y copias del Decreto N° 0/3 (MH) del 4 de mayo de 1950 reglamentario de la Ley N° 1.829, del Decreto Acuerdo de fecha 21 de julio de 1950 que aprueba la subasta de los lotes de La Quebradita y modifica algunos artículos de la reglamentación y del Decreto N° 4.211/21 (MSP)-2018 que modifica el artículo 15 del decreto reglamentario.
Que a fs. 45/46 el Departamento de Inmuebles Fiscales de la Dirección General de Catastro informa que el inmueble se identifica con la Nomenclatura Catastral: Padrón N° 682.474; Matrícula Catastral N° 22.406, Orden N° 793, Circunscripción III, Sección V, Lámina 11, Parcela 270, inscripto a nombre del Superior Gobierno de la Provincia en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Registral T-29.330, comprendido dentro de los inmuebles fiscales de la Provincia y pertenece al loteo La Quebradita.
Que por Ley N° 1.829 se declaró de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción de 211 Has. de propiedad del señor Ángel Miguel Estévez con destino a la formación de una Villa Veraniega, siendo expropiada por Decreto N° 843/13 de fecha 26 de septiembre de 1941 e inscripto su dominio en Libro 109, Folio 77 Serie...
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