Decreto 1347/2015

Fecha de disposición07 Julio 2015
Fecha de publicación17 Julio 2015
SecciónDecretos
Número de Gaceta33173



MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Decreto 1347/2015

Dase por prorrogada designación en la Dirección de Acreditación de Carreras.

Bs. As., 07/07/2015

VISTO el Expediente N° 804-0929/10 del Registro de la COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA (CONEAU) organismo descentralizado dependiente del MINISTERIO DE EDUCACIÓN y los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 2.314 del 30 de diciembre de 2010, 1.713 del 24 de octubre de 2011, 1.755 del 21 de septiembre de 2012, 1.218 del 23 de agosto de 2013, 259 del 5 de marzo de 2014 y 1.811 del 8 de octubre de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 491/02 estableció que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en éstos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuese su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que por el Decreto N° 2.314/10 se cubrió el cargo de Coordinadora de Grado de la Dirección de Acreditación de Carreras en la COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA dependiente del MINISTERIO DE EDUCACIÓN.

Que en el artículo 2° del citado decreto se estableció que el cargo involucrado debía ser cubierto conforme los sistemas de selección previstos en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098/08, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 1° de septiembre de 2010.

Que por el Decreto N° 1.713/11 se prorrogó por CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo mencionado precedentemente y por los Decretos Nros. 1.755/12, 1.218/13, 259/14 y 1.811/14, se hizo lo propio por otros CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, en cada caso.

Que por razones operativas no ha sido posible cumplimentar la cobertura del cargo en el plazo establecido.

Que el cargo citado no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE EDUCACIÓN.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y del Decreto N° 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA

DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

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