Decreto 133 de 17 de Febrero de 2003

La Plata, 17 de febrero de 2003.

Visto: El expediente Nº 2100-83118/01, mediante el cual tramitó la sanción de la Ley 12.627 que declaró de utilidad pública y sujetos a expropiación varios inmuebles ubicados en el Barrio "Provincias Unidas" de la localidad de Villa Albertina, Partido de Lomas de Zamora, los que serían adjudicados en propiedad, a título oneroso y por venta directa a sus actuales ocupantes con cargo de construcción de vivienda propia, y,

CONSIDERANDO:

Que los bienes inmuebles referidos se encuentran identificados en el Anexo I que forma parte integrante del presente;

Que según la tasación practicada por la Dirección Técnica y Pericial de la Fiscalía de Estado el monto de los inmuebles involucrados asciende a la suma de pesos ciento sesenta y dos mil ($ 162.000);

Que al respecto la Dirección de Contabilidad y Servicios Auxiliares del Ministerio de Gobierno informa a fs. 222 que la Partida Específica no cuenta con saldo para atender la erogación en cuestión, mientras que por su parte la Dirección Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía, manifiesta a fs. 224 que en el Tesoro Provincial no existen reservas para atender el presente gasto, no siendo posible incrementar el nivel de las erogaciones previstas;

Que la Ley 12.627, sancionada con fecha 28 de diciembre de 2000, fue promulgada por Decreto 656 de fecha 21 de febrero de 2001, por lo que conforme con lo dispuesto por el artículo 47 de la Ley 5.708, ha operado el término de abandono con fecha 28 de diciembre de 2002, por lo que corresponde dictar el acto administrativo pertinente que declare abandonada la expropiación intentada, dando por concluida la presente gestión, disponiendo el levantamiento de la anotación preventiva, con notificación a la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad;

Que han tomado la intervención de su competencia la Asesoría General de Gobierno, la Contaduría General de la Provincia y emitido vista el señor Fiscal de Estado;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1º

Declárase abandonada la expropiación intentada de los inmuebles individualizados en el Anexo I que forma parte integrante del presente, ubicados en el Barrio "Provincias Unidas" de la localidad de Villa Albertina, Partido de Lomas de Zamora, que serían adjudicados en propiedad, a título oneroso y por venta directa a sus actuales ocupantes, con cargo de construcción...

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