Decreto 1244/2015

Fecha de disposición01 Julio 2015
Fecha de publicación16 Julio 2015
SecciónDecretos
Número de Gaceta33172



MINISTERIO DE CULTURA

Decreto 1244/2015

Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional - Recursos Humanos - para el Ejercicio 2015.

Bs. As., 01/07/2015

VISTO el Expediente N° 3744/2015 del registro del MINISTERIO DE CULTURA, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015, aprobado por la Ley N° 27.008 y distribuido por la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 12 de enero de 2015, el Decreto N° 833 de fecha 3 de junio de 2014 y modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto N° 833/14 y modificatorios, entre otras disposiciones, se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE CULTURA.

Que, en tal sentido, resulta necesario profundizar las actividades desarrolladas por la SECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION dependiente del MINISTERIO DE CULTURA procurando la optimización de su gestión.

Que en ese sentido, resulta aconsejable crear, con dependencia de la SECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION del MINISTERIO DE CULTURA un (1) cargo extraescalafonario de Coordinador Operativo.

Que por el Artículo 7° de la Ley N° 27.008, se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de la sanción de la misma en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad.

Que por el Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002, sus modificatorios y complementarios, el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió el control directo de todas las designaciones de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional.

Que la Señora Mariana Inés Galardo (D.N.I 23.157.308) reúne los requisitos de idoneidad y experiencia necesarios para cubrir el cargo de Coordinador Operativo que se crea por la presente medida.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE CULTURA.

Que la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, los Artículos , y 10 de la Ley N° 27.008 y el Artículo 1° del Decreto N° 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA

DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo...

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