DECRETO 1202 / 2018 DECRETO de 19 de Abril de 2018

Fecha de Entrada en Vigor28 de Abril de 2018
Fecha de la disposición19 de Abril de 2018
Número de Boletín29237
Fecha de Publicación27 de Abril de 2018
Número de documento65756

DECRETO N° 1.202/3 (ME), del 19/04/2018.

EXPEDIENTE N° 279/369-D-2018.-

VISTO la Ley N° 8467 y sus modificatorias; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Ley N° 9070, se aprobó el Consenso Fiscal suscripto en fecha 16/11/2017 por el Poder Ejecutivo Nacional y representantes de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en virtud de lo dispuesto por el Anexo I del citado Consenso Fiscal, corresponde establecer para el período fiscal 2018, la alícuota del cuatro por ciento (4%) en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, para la actividad de distribución de combustibles gaseosos, cuando la misma esté destinada a usuarios residenciales;

Por ello, atento al dictamen fiscal N° 949 del 16 de abril de 2018, obrante a foja 9 y de conformidad con la facultad establecida por el artículo 11 de la ley N° 8467 y sus modificatorias,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1° Establécese, hasta el 31 de diciembre de 2018, la alícuota del cuatro por ciento (4%) en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos para la actividad de distribución de combustibles gaseosos, siempre que la misma esté destinada a usuarios residenciales.
ARTICULO 2°

Facúltese a la Dirección General de Rentas a dictar las normas reglamentarias necesarias para la aplicación del presente instrumento legal.

ARTICULO 3°

El presente Decreto tendrá vigencia a partir del anticipo correspondiente al mes de enero de 2018...

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