DECRETO 119 / 2024 DECRETO / 2024-01-18

Fecha de publicación20 Febrero 2024
Fecha18 Enero 2024
Número de Gaceta30.658
SecciónSección Legislación y Normativa Provincial

DECRETO N° 119/3 (MEyP), del 18/01/2024.
EXPEDIENTE N° 17391/376-D-2023.-
VISTO las presentes actuaciones, mediante las cuales la Dirección General de Rentas (D.G.R.) gestiona autorización para contratar en forma directa el servicio de membresia con el Centro de Administraciones Tributarias Subnacionales (CeATS) para el período 2024, por un monto total de $3.540.000; y
CONSIDERANDO:
Que el citado centro, es una entidad pública no estatal, de carácter intergubernamental y de alcance internacional, integrado por administraciones tributarias provinciales y municipales, cuyos objetivos entre otros, son promover un foro permanente sobre tributación e impulsar la cooperación y asistencia entre sus miembros.
Que a foja 3 se agrega la grilla de costos para cada miembro, que se efectúa mediante un pago anual, fijado en función de la recaudación total del período fiscal anterior de cada organismo, correspondiendo para la D.G.R. la suma total de $3.540.000 (Tramo 3) para el período 2024.
Que a foja 4 se adjunta solicitud de contratación y a foja 29 se agrega copia de la orden de compra correspondiente a la contratación directa del servicio de membresía de la D.G.R. como miembro activo del CeATS para el 2° semestre de 2023, habiendo sido la repartición -en el año 2017- incorporada a dicho centro, según consta -a foja 30- en el informe producido por su Servicio Administrativo Financiero.
Que a foja 33 el Departamento Técnico Legal de la D.G.R. emite dictamen favorable, a foja 43 interviene la Subdirección de Asesoramiento Contable de la Contaduría General de la Provincia y a foja 59 hace lo propio la Dirección General de Presupuesto.
Que la Dirección de Comercio Interior informa -a foja 50- que en la Provincia de Tucumán no existen asociaciones, empresas o personas físicas que puedan brindar servicios y beneficios similares a los suministrados por al CeATS.
Que ante ello, el presente caso se encuadra en las disposiciones del Art. 59°, inciso 4) de la Ley N° 6970 -de Administración Financiera- y del Reglamento de Compras y...

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