Decreto 119-2009

Fecha de la disposición29 de Enero de 2009

DECRETO N° 0119

Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”, 29 de Enero de 2009

VISTO:

El Expediente N° 00401-0185180-8 del registro del Ministerio de Educación, mediante el cual la Dirección Provincial de Adultos dependiente de la Secretaría de Educación propicia el fortalecimiento de las políticas educativas existentes para Adultos, adecuando los diseños existentes a los objetivos fijados por la Ley Nacional de Educación N° 26206; y

CONSIDERANDO:

Que entre los fines y objetivos de la política educativa nacional que establece como modalidad educativa a la Educación Permanente para Jóvenes y Adultos (conf. Artículo 17° de la Ley N° 26206) deben desarrollarse las capacidades de las personas y ofrecerles oportunidades de estudio y aprendizaje necesarios para la educación a lo largo de toda la vida (conf. Artículo 8° e Incisos k y l del Artículo 11° de la Ley N° 26206);

Que debe asegurarse la organización, unificación y cohesión del sistema educativo para garantizar la articulación de modalidades y niveles en función de la validez de los títulos y certificados que se expidan (conf. Artículos 11° Inciso e y 15° de la ley citada);

Que particularmente la organización curricular e institucional de la Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, para alcanzar esas metas, responderá a los objetivos y criterios marcados por el Artículo 48° de la norma nacional;

Que en las estructuras organizacionales existentes para la modalidad educativa referida a los Adultos, particularmente subsisten estructuras que responden a objetivos y estrategias de enseñanza que justificaron al Programa Federal de Alfabetización Básica de Adultos, que no se ajustan a esos lineamientos y que deben ser actualizados para que respondan a la política educativa nacional actual;

Que dicho Programa surgió del Convenio suscripto entre la Provincia de Santa Fe y el entonces Ministerio de Educación y Justicia de la Nación mediante su Dirección Nacional de Educación del Adulto en fecha 3 de mayo de 1990, siendo transferidos sus servicios mediante el Acta Complementaria N° 1 suscripta el 16 de abril de 1993 al Convenio de Transferencia firmado entre ambas jurisdicciones el 29 de diciembre de 1992;

Que las condiciones a las cuales se sujetó la ejecutabilidad del Programa y la apertura de los Centros de Alfabetización y Educación Básica para el Adulto, respondió a un diagnóstico que hoy no se corresponde con las demandas sociales donde se...

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