DECRETO 1159 / 2020 DECRETO de 13 de Julio de 2020

Fecha de Entrada en Vigor21 de Agosto de 2020
Fecha de la disposición13 de Julio de 2020
Número de Boletín29790
Fecha de Publicación 6 de Agosto de 2020
Número de documento78155

DECRETO N° 1.159/3 (SH), del 13/07/2020.

EXPEDIENTE N° 663/222-L-2020.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales la Municipalidad de San Isidro de Lules solicita una asistencia financiera con carácter de Aporte No Reintegrable, por la suma de $15.000.000.-, y

CONSIDERANDO:

Que los fondos requeridos serán destinados a obras de infraestructura repavimentación, cordón cuneta, dragado de ríos y arroyos, reconversión del alumbrado público necesarios para el municipio.

Que en consecuencia resulta menester proceder de conformidad a lo gestionado, dictando para ello la pertinente medida administrativa, y asimismo autorizar a la Dirección de Administración del Ministerio de Economía a emitir la correspondiente orden de pago.

Por ello, atento a lo informado por la Dirección de Relaciones Municipales a fs 2, Contaduría General de la Provincia a fs. 3, Dirección General de Presupuesto a fs. 4 y en mérito al Dictamen Fiscal N° 1037 del 24 de junio de 2020, adjunto a fs. 6 de estos actuados,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°

Otórgase -de conformidad a los considerandos que anteceden y a lar, disponibilidades del Tesoro Provincial- a la MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DE LULES un Aporte No Reintegrable, por la suma total de PESOS QUINCE MILLONES ($15.000.000.-) destinados a obras de infraestructura, repavimentación, cordón cuneta, dragado de ríos y arroyos reconversión del alumbrado público necesarios para el municipio.

ARTICULO 2°

Autorízase a la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL MINISTERIO DE ECONOMIA a emitir una orden de pago a favor de la MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DE LULES por la suma y el concepto citados en el Artículo precedente, e impútese la presente erogación a la Jurisdicción 50 - SAF...

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