DECRETO 115 / 2017 DECRETO de 24 de Enero de 2017

Fecha de Entrada en Vigor10 de Febrero de 2017
Fecha de la disposición24 de Enero de 2017
Número de Boletín28940
Fecha de Publicación 9 de Febrero de 2017
Número de documento58153

DECRETO N° 115/3 (SH), del 24/01/2017.-

EXPEDIENTE N° 257/220-2017.

VISTO el presente expediente mediante el cual la Dirección de Relaciones Municipales de la Secretaría de Estado de Coordinación con Municipios y Comunas Rurales gestiona asistencia financiera reintegrable para las municipalidades detalladas a fojas 2, por la suma de 108.465.737,61, como asimismo provisión de fondos la Municipalidad de Concepción por la suma de $786.000.-, y

CONSIDERANDO:

Que respecto a los fondos gestionados en primer término serán destinados prioritariamente al pago de haberes de enero de 2017 y Asignación Familiar Doble.

Que para la entrega de los montos requeridos, las Municipalidades deberán suscribir ante Escribanía de Gobierno las pertinentes Escrituras de Cesión de Derechos a favor del Superior Gobierno de la Provincia, cediendo la Coparticipación -Ley N° 6.316-, F.D.I. -Ley N° 6.650- y modificatorias o las que en el futuro las reemplacen o sustituyan, en un plazo de 60 días a partir de la fecha del presente instrumento legal.

Que además, debe señalarse que la Ley N° 7974 - Artículo 2° -, faculta al Poder Ejecutivo a otorgar a los municipios y comunas rurales préstamos reintegrables, quedando facultado para establecer en cada caso el monto y el destino de los mismos, como así también para convenir con los citados entes el plazo de amortización y demás condiciones para su reintegro.

Que asimismo los fondos cuya provisión se gestionan serán transferidos a través de las Cuentas Fiduciarias de las municipalidades; en consecuencia, resulta menester autorizar a la...

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