DECRETO 1139 / 2018 DECRETO de 16 de Abril de 2018

Fecha de Entrada en Vigor20 de Abril de 2018
Fecha de la disposición16 de Abril de 2018
Número de Boletín29231
Fecha de Publicación19 de Abril de 2018
Número de documento65551

DECRETO N° 1.139/3 (ME), del 16/04/2018.-

VISTO el Artículo 7° del Decreto N° 1020/3 del 13 de junio de 1991, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario ampliar las disposiciones de dicho artículo teniendo en cuenta el compromiso asumido por el Poder Ejecutivo Provincial y las Organizaciones Gremiales que nuclean a los trabajadores de la Administración Pública Centralizada, Comunas Rurales y Municipios del Interior, mediante actas celebradas el 21 de marzo de 2018.

Que además corresponde fijar el Valor de las Asignaciones Familiares del concepto "Ayuda Escolar Anual", a partir del 1 de Enero de 2019.

Que en consecuencia, resulta menester proceder de conformidad dictando la pertinente medida administrativa.

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1° Amplíase las disposiciones del Artículo 7° del Decreto N° 1020/3 del 13 de junio de 1991, incorporando como segundo párrafo el siguiente texto:

"No obstante, en casos de licencias por enfermedad, debidamente justificadas, y/o inasistencias por razones de fuerza mayor de alcance general, la compensación por presentismo se disminuirá en la siguiente proporción:

. Un día de inasistencia: 25% del adicional

· Dos días de inasistencia: 50% del adicional

· Tres días de inasistencia: 75% del adicional

· Cuatro días de inasistencia: 100% del adicional

ARTICULO 2° Fíjase el valor de la Asignación Familiar "AYUDA ESCOLAR ANUAL", a partir del 1 de Enero de 2019, en la...

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