DECRETO 1100 / 2020 DECRETO de 2 de Julio de 2020

Fecha de Entrada en Vigor21 de Agosto de 2020
Fecha de la disposición 2 de Julio de 2020
Número de Boletín29784
Fecha de Publicación29 de Julio de 2020
Número de documento78053

DECRETO N° 1.100/3(SH), del 02/07/2020

EXPEDIENTE N° 878/340-E-2020

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales la Estación Experimental Agroindustrial "Obispo Colombres" gestiona asistencia financiera, y

CONSIDERANDO:

Que el pedido será destinado al pago de la primera parte del Sueldo Anual Complementario -Primer Semestre 2020, del personal del organismo.

Que el Artículo 207 de la Ley N° 6970 de Administración Financiera establece que los organismos descentralizados y autárquicos podrán requerir anticipos al Poder Ejecutivo por hasta un monto equivalente al 50% de los recursos previstos. Estos anticipos se otorgarán con imputación a este artículo y contra Rentas Generales, debiendo ser reintegrado dentro del ejercicio.

Por ello, atento a lo informado por Contaduría General de la Provincia a fs 3, Dirección General de Presupuesto a fs. 4 y en mérito al Dictamen Fiscal N° 1082 del 30 de junio de 2020, obrante a fs. 6 de estos actuados,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°

Otórgase a la ESTACIÓN EXPERIMENTAL AGROINDUSTRIAL "OBISPO COLOMBRES" un Anticipo Financiero Reintegrable, por la suma de PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000.-), el que estará sujeto a las disponibilidades del Tesoro de la Provincia, sin imputación presupuestaria, con cargo a Rentas Generales; quedando autorizada la Dirección de Administración del Ministerio de Economía a emitir el respectivo Comprobante de Anticipo de Fondos a favor de la Estación Experimental Agroindustrial"Obispo Colombres".

ARTICULO 2° Déjase establecido que el Anticipo Financiero...

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