Decreto 1073. DECTO-2018-1073-APN-PTE - Recházase recurso.

Fecha de disposición27 Noviembre 2018
Fecha de publicación27 Noviembre 2018
SecciónDecretos

SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA

Decreto 1073/2018

DECTO-2018-1073-APN-PTE - Recházase recurso.

Ciudad de Buenos Aires, 26/11/2018

VISTO el Expediente N° EX-2017-01342215-APN-DRRHHYO#SLYT, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, los Decretos Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002 y su modificatorio, N° 214 de fecha 27 de febrero de 2006, N° 379 de fecha 18 de abril de 2007, N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 sus modificatorios y complementarios y N° 798 de fecha 4 de septiembre de 2018 y las Resoluciones de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN Nº 17 de fecha 27 de enero de 2016 y N° 3 de fecha 27 de enero de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el VISTO, tramita el recurso de reconsideración interpuesto por la señora María Alejandra VATTERONI (D.N.l. Nº 17.255.208), contra el Decreto N° 798/18 por medio del cual se rechazó el recurso jerárquico en subsidio del de reconsideración que interpusiera la nombrada contra la Resolución de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN N° 17/16.

Que por la citada Resolución se canceló la designación transitoria de la señora VATTERONI en un cargo Nivel D - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, realizada mediante el Decreto N° 379/07.

Que los respectivos recursos de reconsideración y jerárquico en subsidio fueron rechazados mediante la Resolución de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN N° 3/17 y a través del Decreto N° 798/18.

Que contra el citado Decreto la señora VATTERONI, interpuso el recurso de reconsideración en los términos del artículo 100 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto 1759/72 (T.O. 2017).

Que la quejosa reitera en lo sustancial los argumentos esgrimidos en oportunidad de tramitarse su recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio, sin aportar elementos novedosos que justifiquen apartarse de los criterios ya esgrimidos.

Que la causante argumenta hallarse amparada por la estabilidad del empleado público y expresa que pasó "\u2026por el proceso de selección en el año 2007 año en el cual me...

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