Decreto 1031. Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante el Estado Independiente de Papúa Nueva Guinea.

Fecha de disposición19 Septiembre 2016
Fecha de publicación19 Septiembre 2016
SecciónDecretos

Decreto 1031/2016

Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante el Estado Independiente de Papúa Nueva Guinea.

Buenos Aires, 16/09/2016

VISTO el Expediente N° 19.688/2016 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, el Decreto N° 2490 de fecha 24 de noviembre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que por el decreto mencionado en el Visto se designó Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en AUSTRALIA al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Hugo Javier GOBBI.

Que el Gobierno del ESTADO INDEPENDIENTE DE PAPÚA NUEVA GUINEA concedió el plácet de estilo para su designación como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante dicho país.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha tomado intervención en el ámbito de su competencia.

Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL y la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han intervenido en el ámbito de sus respectivas competencias.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para disponer en la materia de acuerdo con las atribuciones conferidas por el Artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE

DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°

Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante el ESTADO INDEPENDIENTE DE PAPÚA NUEVA GUINEA al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Hugo Javier GOBBI (D.N.I. N° 11.774.300), sin...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR