Decreto 1027. DECTO-2018-1027-APN-PTE - Ley N° 27.132. Reglamentación.

Fecha de disposición08 Noviembre 2018
Fecha de publicación08 Noviembre 2018
MateriaDerecho Público y Administrativo
SecciónDecretos

FERROCARRILES ARGENTINOS

Decreto 1027/2018

DECTO-2018-1027-APN-PTE - Ley N° 27.132. Reglamentación.

Ciudad de Buenos Aires, 07/11/2018

VISTO el Expediente N° EX-2017-25080309-APN-SECPT#MTR y la Ley Nº 27.132, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1º de la Ley Nº 27.132 se declaró de interés público nacional y como objetivo prioritario de la REPÚBLICA ARGENTINA la política de reactivación de los ferrocarriles de pasajeros y de cargas, la renovación y el mejoramiento de la infraestructura ferroviaria y la incorporación de tecnologías y servicios que coadyuven a la modernización y a la eficiencia del sistema de transporte público ferroviario, con el objeto de garantizar la integración del territorio nacional y la conectividad del país, el desarrollo de las economías regionales con equidad social y la creación de empleo.

Que la reactivación del Sistema Ferroviario Nacional se ha constituido en una Política de Estado, cuyos principios fundamentales se enumeran en el artículo 2º de la mencionada ley, y entre los que destacan, la administración de la infraestructura ferroviaria por parte del ESTADO NACIONAL, la maximización de las inversiones y de los recursos empleados para la prestación de un servicio ferroviario en condiciones de eficiencia y seguridad, la protección de los derechos de los usuarios y la promoción de condiciones de libre accesibilidad a la red nacional ferroviaria de cargas y de pasajeros, basada en los principios de objetividad, transparencia y no discriminación.

Que según lo dispuesto en el artículo 3º de la citada Ley Nº 27.132, el PODER EJECUTIVO NACIONAL deberá adoptar las medidas necesarias a los fines de reasumir la plena administración de la infraestructura ferroviaria, pudiendo a tal fin resolver, desafectar bienes, rescatar, reconvenir o renegociar los contratos de concesión vigentes.

Que el artículo 4º de la mencionada norma, establece la modalidad de acceso abierto a la red ferroviaria nacional para la operación de los servicios de transporte de cargas...

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