Decreto 1.673 de 19 de Septiembre de 2003

La Plata, 19 de setiembre de 2003.

Visto: El Expediente 2565-2097/03, por intermedio del cual se solicita la declaración de Zona Diferenciada para la Producción de Semilla Básica de Papa (Solanum tuberosum); y

CONSIDERANDO

Que se encuentra cumplido el término de cinco (5) años de duración, establecido en el Decreto 2.899, de fecha 19 de agosto de 1998, que declara la mencionada Zona Diferenciada;

Que además, aporta sustantivamente al interés general de la Provincia de Buenos Aires, la obtención y multiplicación de Semilla Básica de Papa Bonaerense;

Que la declaración de zonas diferenciadas es una necesidad de índole nacional, y resulta beneficiosa para el interés provincial;

Que el desarrollo de sistemas productivos de alta tecnología, requiere previsibilidad y estabilidad en las políticas públicas;

Que según surge de estudios efectuados desde la esfera privada y oficial, resulta altamente conveniente prever las áreas Difrenciadas para la producción de esta semilla, en la que se preserven las condiciones óptimas para su mayor viabilidad, y demás medidas de seguridad que aseguren el mayor aislamiento de los cultivos involucrados en esta iniciativa;

Que, por tanto, la ampliación de la zona a la totalidad de los Partidos de Tres Arroyos y San Cayetano, asegura un mayor aislamiento y control de los cultivos involucrados en la iniciativa, constando además la aprobación de esos Municipios a la ampliación;

Que existe además un pedido de incorporación por parte del Partido de Gonzales Chaves a la Zona Diferenciada;

Que en la evaluación realizada, siguiendo lo previsto por el artículo 5º del Decreto 2.899/98, durante las Primeras Jornadas Provinciales de Producción de Semilla Básica de Papa, surgió la recomendación de ampliar la Zona Diferenciada a la totalidad de los Partidos señalados, como así también la revisión y actualización de la normativa vigente, para un adecuado funcionamiento y control de las actividades que se desarrollan en la Zona Diferenciada;

Que asimismo se evaluó como positivo la existencia de un Comité Ejecutivo que promueva el correcto funcionamiento de la Zona Diferenciada;

Que la Dirección de Sanidad Vegetal y Fiscalización Agrícola se ha expedido favorablemente con lo expresado en los considerandos precedentes, y que la Dirección Provincial de Agricultura y...

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