Decreto 1.577

DEPARTAMENTO DE INFRAESTRUCTURA.

DECRETO 1.577.

La Plata, 19 de septiembre de 2011.

VISTO el Expediente Nº 2438-42/11 a través del cual el Ministerio de Infraestructura gestiona una autorización para admitir ofertas presentadas por Asociaciones Civiles u Organizaciones no Gubernamentales sin fines de lucro (ONG´s), en el marco del Decreto Nº 139/04, y CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 139/04 se encomendó al entonces Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos, la elaboración de un Plan de Trabajo, que establezca un Programa para el mantenimiento de arroyos y cauces hídricos a realizar con la participación de organizaciones intermedias de la comunidad al cual pertenece el arroyo o cauce para encarar la limpieza, suscribiendo los pertinentes Convenios;

Que en ese marco se celebran convenios con Asociaciones Civiles u Organizaciones no Gubernamentales sin fines de lucro (ONG´s), por resultar su objeto afín a las mencionadas tareas;

Que sin embargo, el Decreto Nº 139/04, antes mencionado precede a sucesivas modificaciones incorporadas por el Poder Ejecutivo al Reglamento de Contrataciones, entre otras, a través de los Decretos Nº 784/04 y Nº 2698/04, todos los cuales introdujeron requerimientos específicos para los procedimientos de contrataciones;

Que, en consecuencia, las disposiciones contenidas en los Decretos Nº 139/04 y Nº 486/08 no resultan suficientes para posibilitar la admisión de ofertas que excedan el ejercicio fiscal para el cual se realiza la contratación, ni tampoco a proponentes no inscriptos en el Registro de Proveedores ni Licitadores, siendo necesario en tales supuestos la autorización expresa del Poder Ejecutivo de conformidad a lo establecido en los artículos 7° segundo párrafo y 101 inciso h) del Reglamento de Contrataciones y exceptuar la gestión de lo dispuesto en el artículo 81 del citado Reglamento de...

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