Decreto 1.557 de 15 de Julio de 2005

La Plata, 15 de julio de 2005.

VISTO: El Expediente Nº 21503-556/05, por intermedio del cual tramita la aprobación del Convenio Marco celebrado entre el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires y la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos del Ministerio de Economía y Producción de la Nación, y

CONSIDERANDO:

Que el citado Convenio tiene por objeto coordinar un accionar conjunto en todo el territorio provincial orientado a identificar y facilitar el acercamiento de la oferta y la demanda de mano de obra, promocionar y fomentar el desarrollo de parques productivos agroalimentarios, brindar información relevante y asesoramiento integral a los sectores productivos, incentivar la creación de empleo genuino y en legal forma y capacitar a los potenciales trabajadores;

Que el compromiso de referencia tendrá una duración de un (1) año, prorrogable automáticamente por igual período de tiempo de no mediar denuncia por alguna de las partes mediante notificación escrita y fehaciente;

Que ha dictaminado la Asesoría General de Gobierno;

Que procede el dictado del presente de conformidad con lo normado en el Artículo 144 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y bajo la exclusiva responsabilidad de los funcionarios intervinientes;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1º

Apruébase el -Convenio Marco- celebrado entre el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires y la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos del Ministerio de Economía y Producción de la Nación cuyo texto pasa a formar parte del presente como Anexo.

Artículo 2º

Autorízase al Señor Ministro Secretario en el Departamento de Trabajo a aprobar y suscribir las sucesivas Actas y/o Protocolos Adicionales que en el futuro se celebren en el marco del Convenio rubricado con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos del Ministerio de Economía y Producción de la Nación, dejándose constancia que los mismos deberán ser sometidos, previo a su suscripción, a consideración de la Asesoría General de Gobierno.

Artículo 3º

El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario en el Departamento de Trabajo.

Artículo 4º

Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y pase al Ministerio de Trabajo. Cumplido archívese.

SOLA

R. M. Mouillerón

CONVENIO MARCO

MINISTERIO DE TRABAJO

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, Y

SECRETARIA DE AGRICULTURA,

GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y

PRODUCCION DE LA NACION

Entre el MINISTERIO DE TRABAJO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, con domicilio en Avda. 7 Nº 370 de la Ciudad de La Plata, en adelante "EL MINISTERIO DE TRABAJO" representado en este acto por el Señor Ministro de Trabajo Dr. Roberto Mario Mouillerón y por el Señor Subsecretario de Empleo Dn. Jorge Carlos Bergaz, por una parte, y la SECRETARIA DE AGRICULTURA GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION DE LA NACIóN, con domicilio en Avda. Paseo Colón Nº 982 de la Ciudad autónoma de Buenos Aires, en adelante "LA SECRETARIA", representada en este acto por el señor Secretario de Agricultura, Ganadería...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR