Decreto 1.313

Fecha de disposición29 Diciembre 2014
Fecha de publicación08 Abril 2015
Número de Gaceta27511

DEPARTAMENTO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

DECRETO 1.313.

La Plata, 29 de diciembre de 2014.

VISTO el expediente Nº 2400-5181/14, mediante el cual se gestiona la creación de la Unidad de Coordinación y Ejecución de Proyectos de Obras (UCEPO), los Decretos Nº 2.634/04, Nº 127/12 y modificatorios y Nº 965/14, y CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 965/14 se aprobó el “Programa Saneamiento Ambiental de la Cuenca del Río Reconquista” y los modelos de Contrato de Préstamo BID 3256/OC- AR a suscribirse entre la Provincia de Buenos Aires y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y del Contrato de Contragarantía a suscribirse con la República Argentina;

Que el referido programa tiene como objetivo, recuperar la calidad ambiental de la Cuenca Hídrica del Río Reconquista, a través de la implementación de un plan de gestión integral que priorice acciones impulsoras en ese sentido;

Que por el artículo 3º del mencionado Decreto, se dispone que el Organismo Ejecutor del Programa (OE) será el Ministerio de Economía a través de la Subsecretaría de Coordinación con Estados y Organismos de Crédito Internacionales (SCEOCI), y el Organismo subejecutor (USEP) será el Ministerio de Infraestructura, a través de la Unidad Subejecutora a crearse;

Que la Subsecretaría de Coordinación con Estados y Organismos de Crédito Internacionales (SCEOCI) fue creada en virtud del Decreto Nº 92/11B, teniendo a su cargo, entre otras atribuciones, la de: intervenir y coordinar la negociación, planificación y ejecución de los instrumentos de financiamiento internacional, celebrados con organismos de crédito internacionales (multilaterales y bilaterales) y con distintos Estados nacionales, a ser aplicados a proyectos o programas en que la Provincia sea parte, siendo el organismo ejecutor de los préstamos directos y supervisor de las operaciones de crédito indirectas con destino al sector público provincial y municipal; ejercer la administración, control y aplicación de los recursos provenientes de programas de financiamiento internacional multilaterales y bilaterales; coordinar el accionar con los distintos organismos del sector público provincial, nacional y municipal y organismos internacionales, con competencia en la materia; y funcionar, en el caso de operaciones de crédito indirectas, como órgano provincial de enlace entre las unidades ejecutoras de cada cartera ministerial y las respectivas unidades ejecutoras nacionales;

Que en tal sentido, se...

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