Decreto 1.264

DECRETO 1.264.

La Plata, 18 de agosto de 2011.

VISTO el expediente Nº 2962-2557/06 Alc. 1 que da cuenta del recurso de revocatoria y jerárquico en subsidio interpuesto por la firma, “CARDIOPACK ARGENTINA S.A.” Legajo Nº 100924, contra la Resolución Nº 401/09 emanada del Contador General de la Provincia, y CONSIDERANDO:

Que el Contador General de la Provincia, mediante la Resolución N° 401/09 obrante a fojas 23 y vuelta, aplica a la firma “CARDIOPACK ARGENTINA S.A.” Legajo Nº 100924, la sanción de apercibimiento prevista en el artículo 102 inciso a) apartado 2) del Reglamento de Contrataciones;

Que la mencionada sanción deviene de la entrega fuera de término de las Órdenes de Compra N° 284/07, N° 402/06, N° 365/06, N° 144/06 (H.Z.G.A. “Petrona V. de Cordero” de San Fernando); N° 207/06 (H.I.E.A. y C. “San Juan de Dios” de La Plata); N° 44/07 (H.Z.G.A. “Dr. Carlos A. Bocalandro” de Tres de Febrero); N° 307/07 H.D.Z.G.

Mariano y Luciano de la Vega

de Moreno); Que la firma “CARDIOPACK ARGENTINA S.A.” notificada de la mentada Resolución N° 401/09 conforme cédula de foja 24, interpone el recurso de revocatoria y jerárquico en subsidio atento lo normado por el artículo 89 del Decreto-Ley Nº 7647/70;

Que a fojas 33 y vuelta interviene Asesoría General de Gobierno señalando que el recurrente no ha arrimado en esta instancia elemento alguno que pueda hacer conmover la medida dispuesta ni variar la opinión oportunamente vertida por ese Órgano Asesor respecto de la aplicación de la sanción en cuestión;

Que en función de ello, corresponde proceder al rechazo del recurso de revocatoria intentado, debiendo a tales efectos dictarse el pertinente acto administrativo, concediéndose además el jerárquico que el mismo lleva implícito en subsidio;

Que en idéntico sentido se expiden Fiscalía de Estado y Contaduría General de la Provincia, a fojas 34 y vuelta y 35, respectivamente;

Que acogiendo las conclusiones precedentes, el Contador General de la Provincia dicta entonces la Resolución Nº 1431/09 que obra a foja 37 y vuelta, rechazando el recurso de revocatoria interpuesto y concediendo, en consecuencia, el recurso jerárquico implícito en él;

Que posteriormente, mediante la carta documento de foja 44 y conforme lo previsto por el artículo 91 del Decreto-Ley Nº 7647/70, se concede a la firma “CARDIOPACK...

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