Decisión Administrativa 154/2009

Fecha de publicación24 Abril 2009
Fecha de disposición24 Abril 2009
SecciónDecisiones Administrativas
Número de Gaceta31640

Que además han tomado la intervención de su competencia la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la financiación de los contratos que se aprueban por la presente medida, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 25 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Pública Nacional Nº 26.422.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y lo dispuesto por el artículo 7º del Anexo I del Decreto Nº 1184/01 y el Decreto Nº 577/03 y su modificatorio Nº 149/07.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1º

Exceptúase a la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de lo dispuesto por el artículo 7º del Anexo I del Decreto Nº 1184/01, a los efectos de posibilitar la contratación de la persona nominada en la planilla que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente medida y conforme a las condiciones indicadas en la misma.

Art. 2º

Dase por aprobado el contrato suscripto entre la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la persona nominada en la planilla que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente medida, conforme a las condiciones indicadas en la misma y de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº 1184/01.

Art. 3º

Danse por aprobados los contratos suscriptos entre la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y las personas nominadas en la planilla que, como Anexo II, forma parte integrante de la presente medida, conforme a las condiciones indicadas en la misma y de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº 1184/01.

Art. 4º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas del Presupuesto vigente de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 5º

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- Sergio T. Massa. -- Aníbal F. Randao.

PRESUPUESTO Decisión Administrativa 154/2009

Apruébase el Presupuesto Consolidado del Sector Público Nacional correspondiente al Ejercicio Fiscal del año 2008.

Bs. As., 15/4/2009

VISTO la Ley Nº 24.156 de ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL, y CONSIDERANDO:

Que el Artículo 55 de la citada Ley dispone que la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS preparará anualmente el Presupuesto Consolidado del Sector Público Nacional.

Que dicho presupuesto consolidado debe brindar información sobre las transacciones netas que realiza el sector público nacional con el resto de la economía.

Que el citado Artículo 55 determina que una vez aprobado el Presupuesto Consolidado del Sector Público Nacional deberá ser remitido para su conocimiento al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.

Que la medida propuesta se halla amparada en las...

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