Decisión Administrativa 516/2015

Fecha de disposición16 Julio 2015
Fecha de publicación22 Julio 2015
SecciónDecisiones Administrativas
Número de Gaceta33176



SECRETARÍA DE HACIENDA

Decisión Administrativa 516/2015

Apruébase la estructura organizativa del Tribunal Fiscal de la Nación.

Bs. As., 16/07/2015

VISTO el Expediente N° S01:0261973/2012 del Registro del TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN, organismo autárquico actuante en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, las Leyes Nros. 11.683 texto ordenado en 1998 y sus modificaciones y 15.265 y la Decisión Administrativa N° 443 de fecha 13 de diciembre de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 15.265 se creó el TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN, organismo autárquico actualmente actuante en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.

Que por la Decisión Administrativa N° 443 de fecha 13 de diciembre de 1996 se aprobó la estructura organizativa del mencionado Tribunal.

Que el significativo fortalecimiento de la fiscalización y de la actividad recaudadora del ESTADO NACIONAL requiere una administración eficiente y eficaz en el área en la que se dilucidan las cuestiones litigiosas o dudosas dentro de la esfera administrativa, por lo que resulta menester introducir modificaciones que ordenen convenientemente el funcionamiento del TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN.

Que, en consecuencia, resulta procedente aprobar la estructura organizativa del primer nivel operativo del citado Tribunal, ajustada a criterios de racionalidad y eficiencia para llevar adelante los objetivos planteados.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del Artículo 100, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL JEFE

DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1°

— Apruébase la estructura organizativa del primer nivel operativo del TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN, organismo autárquico actuante en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, de conformidad con el Organigrama y Responsabilidad Primaria y Acciones, que como Anexos I y II, forman parte integrante de la presente decisión administrativa.

Art. 2°

— Facúltase al titular del TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN, previa intervención de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a aprobar y/o modificar el Anexo de Dotación correspondiente a la estructura organizativa del organismo, de conformidad con los respectivos presupuestos vigentes.

Art. 3°

— El gasto que demande la aplicación de la presente medida será imputado con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS - Entidad 620 - TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN.

Art. 4°

— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Axel Kicillof.

ANEXO I

ANEXO II

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS

SECRETARÍA DE HACIENDA

SUBSECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS

TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN

UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Desarrollar las funciones que establece la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, de las actividades desarrolladas por el TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN orientadas a los principios de eficiencia, eficacia y economía.

ACCIONES:

  1. Planificar las tareas de control de la auditoría interna a desarrollarse en el TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN, conforme con las normas generales de control interno y auditoría en base a los principios de eficiencia, eficacia y economía.

  2. Elaborar el Plan Anual de Auditoría y elevarlo al análisis y aprobación de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN.

  3. Verificar el cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos establecidos en el TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN basadas en la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones y efectuar el seguimiento de las recomendaciones y observaciones realizadas.

  4. Brindar a la organización el asesoramiento que se le requiera...

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