Decisión Administrativa 63/2008

EmisorMinisterio de Economia y Produccion
Fecha de la disposición12 de Septiembre de 2008

Dase por aprobado un contrato celebrado en el marco de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 t.o. 1976 y sus modificaciones.

Bs. As., 4/9/2008

VISTO el Expediente N° 398/2008 del Registro de la COMISION NACIONAL DE VALORES, entidad autárquica actuante en la órbita de la SUBSECRETARIA DE SERVICIOS FINANCIEROS de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, las Leyes Nros. 20.744 t.o. 1976 y sus modificaciones y 26.337 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2008, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y su modificatorio 149 de fecha 22 de febrero de 2007 y la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 15 de enero de 2008, y CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002, se estableció que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que por el Decreto N° 601 de fecha 11 de abril de 2002 se estableció que las disposiciones del Decreto N° 491/02 son aplicables a la celebración, renovación y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual.

Que por el Artículo 1° del Decreto N° 577 de fecha 7 de agosto de 2003, modificado por el Decreto N° 149 de fecha 22 de febrero de 2007, se estableció para los organismos descentralizados que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto N° 491/02 y su reglamentación será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS TRES MIL CIEN ($ 3.100.-).

Que en función de una eficaz prosecución de las actividades operativas de la COMISION NACIONAL DE VALORES entidad autárquica actuante en la órbita de la SUBSECRETARIA DE SERVICIOS FINANCIEROS de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, resulta necesario aprobar la celebración de la contratación a plazo fijo de la consultora indicada en el Anexo y cuyos servicios resultan imprescindibles, en el marco de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 t.o. 1976 y sus modificaciones.

Que la persona indicada en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, reúne los requisitos de idoneidad necesarios para cumplir con las tareas indicadas.

Que por resultar necesario para asegurar la continuidad de las actividades de la COMISION NACIONAL DE VALORES, dicho organismo suscribió 'ad referéndum' del señor Jefe de Gabinete de Ministros el contrato agregado en el expediente citado en el Visto, cuya aprobación se gestiona en esta instancia de conformidad con lo propuesto.

Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en la Circular N° 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, aprobado para el corriente ejercicio por la Ley N° 26.337 y distribuido por la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 15 enero de 2008, a fin de atender el gasto resultante de la contratación alcanzada por la presente medida, de conformidad con lo indicado en el Anexo respectivo.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 1° del Decreto N° 577/03 modificado por el Decreto N° 149/07.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1°

Dase por aprobado el contrato a plazo fijo celebrado entre la COMISION NACIONAL DE VALORES, entidad autárquica actuante en la órbita de la SUBSECRETARIA DE SERVICIOS FINANCIEROS de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y la profesional que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de conformidad con las condiciones, los plazos, montos mensuales y totales, en el marco de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 t.o. 1976 y sus modificaciones.

Art. 2°

El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado con cargo a la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION para el Ejercicio 2008, de conformidad con lo indicado en el Anexo que integra la presente resolución.

Art. 3°

Comuníquese, publíquese, dése a...

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