Decisión Administrativa 1545/2012

Fecha de disposición28 Diciembre 2012
Fecha de publicación29 Enero 2013
SecciónDecisiones Administrativas

Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente Nº CUDAP: EXP-JGM 842/2012 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y los Decretos Nº 1023 del 13 de agosto de 2001 y Nº 436 del 30 de mayo de 2000 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente CUDAP-JGM Nº 7584/2011 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS tramitó la Licitación Pública Nº 28/2011, realizada con el objeto de contratar la adquisición de Medios Terrestres, para el Combate de Incendios Forestales, Rurales y de Interfase para el PLAN NACIONAL DE MANEJO DEL FUEGO de la SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION Y POLITICA AMBIENTAL dependiente de la SECRETARIA DE AMBIENTE y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que mediante la Decisión Administrativa Nº 1329 del 6 de diciembre de 2011 se aprobó la mencionada licitación y en virtud de la respectiva adjudicación se procedió a emitir las Ordenes de Compras Nros. 169 de fecha 16 de diciembre de 2011 y 170 de fecha 16 de diciembre de 2011, a favor de la firma CMS SUDAMERICANA S.R.L. y BANCO DE LA NACION ARGENTINA, respectivamente, ello en razón del mecanismo de pago establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la Licitación Pública Nº 28/2011.

Que la SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION Y POLITICA AMBIENTAL dependiente de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de esta JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS solicita la ampliación de las citadas Ordenes de Compra, en concepto de DIEZ (10) vehículos Autobombas Forestales de Alta Penetración, 4x4, chasis corto, porte liviano, con sus correspondientes materiales, partes y montaje.

Que consultado al proveedor, la firma CMS SUDAMERICANA S.R.L. ha aceptado la solicitud de ampliación en las mismas condiciones y precios pactados oportunamente.

Que la presente ampliación encuadra en los términos del inciso b) del artículo 12 del Decreto Nº 1023/01 e inciso a) del artículo 99 del Reglamento para la Adquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional, aprobado por Decreto Nº 436/2000 y sus respectivas modificaciones que prevé, entre las facultades de la Autoridad Administrativa, la de aumentar el monto total adjudicado hasta un VEINTE POR CIENTO (20%) de su valor.

Que se ha verificado la existencia de crédito presupuestario para el ejercicio correspondiente para hacer frente al gasto que ocasiona la presente medida.

Que, por lo expuesto, corresponde proceder a la...

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