Decisión Administrativa 390/2011

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición15 de Junio de 2011

Miércoles 15 de junio de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.171 8 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decisión Administrativa 390/2011

Dase por aprobada una contratación en la SubsecretarÃa de TecnologÃas de Gestión de la entonces SecretarÃa de la Gestión Pública.

Bs. As., 10/6/2011

VISTO el Expediente CUDAP N'º' 4540/2011 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N'º' 25.164 reglamentada por el Decreto N'º' 1421 del 8 de agosto de 2002, el Decreto N'º' 577 del 7 de agosto de 2003, modificado por los Decretos N'º' 149 del 22 de febrero de 2007 y N'º' 1248 del 14 de septiembre de 2009, el Decreto N'º' 2098 del 3 de diciembre de 2008, la Resolución ex SSGP N'º' 48 del 30 de diciembre de 2002 y la Decisión Administrativa N'º' 3 del 21 de enero de 2004, modificada por sus similares N'º' 1151 del 28 de diciembre de 2006 y N'º' 52 del 6 de marzo de 2009, y CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato suscripto, ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Da. Luciana Giselle BARRETO de acuerdo con las previsiones del Decreto N'º' 1421/02.

Que por el artÃculo 9'º del Anexo I del decreto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución ex SSGP N'º' 48/02 las pautas para la aplicación del mismo.

Que la agente involucrada en la presente medida se encuentra afectada exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artÃculo 9'º del Anexo I del decreto mencionado en primer término del Visto.

Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, aprobado por Decreto N'º' 2098/08, establece los requisitos mÃnimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel C diversas exigencias.

Que los antecedentes curriculares de la agente propuesta, resultan atinentes al objetivo de las funciones que le van a ser asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para su realización, por lo que procede aprobar la contratación de la misma como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artÃculo 9'º...

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