Decisión Administrativa 283/2019

Fecha de publicación16 Abril 2019
SecciónDecisiones Administrativas
EmisorSUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN
VISTO el Expediente Nº EX-2018-06887777-APN-GA#SSN, la Ley Nº 27.467, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 2627 del 27 de diciembre de 2012, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, la Decisión Administrativa N° 616 del 10 de agosto de 2017 y la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN Nº 40.715 del 17 de agosto de 2017 y su modificatoria, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 27.467 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019.

Que por el Decreto N° 355/17 y su modificatorio se estableció, entre otras cuestiones, que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad a las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.

Que mediante la Decisión Administrativa Nº 616/17 se aprobó la estructura organizativa del primer nivel operativo de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, organismo descentralizado actualmente en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA.

Que por la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN Nº 40.715/17 y su modificatoria, se aprobó la estructura organizativa de segundo nivel operativo del citado Organismo.

Que la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, solicita la cobertura transitoria de TRES (3) cargos: el entonces cargo de Coordinador de Comunicación Externa de la Subgerencia de Relaciones con la Comunidad desde el 23 de febrero de 2017 y hasta el 10 de abril de 2017, el de Gerente de Autorizaciones y Registros desde el 11 de abril de 2017 y hasta el 8 de febrero de 2018 y el de Gerente de Prevención y Control del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo desde el 9 de febrero de 2018 del referido organismo.

Que la cobertura de los cargos en cuestión no constituye asignación de recurso extraordinario, contándose con el crédito necesario.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE HACIENDA ha tomado la intervención de su respectiva competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 2º del Decreto Nº 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE...

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