Decisión Administrativa 243/2011

EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Fecha de la disposición16 de Mayo de 2011

Lunes 16 de mayo de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.150 6

Que la financiación de los contratos que se aprueban por el presente, será atendida con cargo a las partidas especÃficas de los créditos presupuestarios vigentes de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional N'º' 26.546 prorrogada en los términos del Decreto N'º' 2053 del 22 de diciembre de 2010 y complementada por el Decreto N'º' 2054 del 22 de diciembre de 2010.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artÃculo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, último párrafo del artÃculo 9'º del Anexo I del Decreto N'º' 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N'º' 25.164 y del Decreto N'º' 577/03 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

ArtÃculo 1'º — Danse por aprobados, con efectos al 12 de enero de 2011 y hasta el 31 de diciembre de 2011, los contratos suscriptos ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrados entre el titular de la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y las agentes nominadas en la planilla que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente decisión administrativa, conforme las condiciones indicadas en el mismo, de acuerdo con las previsiones del artÃculo 9'º del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N'º' 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto N'º' 1421/02 y de la Resolución ex SSGP N'º' 48/02.

Art. 2

'º — AutorÃzanse las contrataciones que se aprueban en el artÃculo 1'º de la presente medida, como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artÃculo 9'º del Anexo I al Decreto N'º' 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N'º' 25.164.

Art. 3

'º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas especÃficas vigentes del Presupuesto de la Jurisdicción 25 – JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 4

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archÃvese. — AnÃbal D. Fernández. — AnÃbal F. RandaI, Mariel Carla 30.408.878 C-0.

Responsable Administrativa JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decisión Administrativa 252/2011

Danse por aprobadas contrataciones en la SecretarÃa de Coordinación Administrativa y Evaluación Presupuestaria.

Bs. As., 12/5/2011

VISTO el Expediente N'º' 1911/2011 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y los Decretos N'º' 2345 del 30 de diciembre de 2008, N'º' 577 del 7 de agosto de 2003, modificado por los Decretos N'º' 149 del 22 de febrero de 2007 y N'º' 1248 del 14 de septiembre de 2009, y CONSIDERANDO:

Que en el Servicio Administrativo Financiero N'º' 342 de Apoyo a la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) dependiente de la SECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA Y EVALUACION PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS resulta indispensable aprobar la contratación de las personas nominadas en el Anexo I, en el marco del Decreto N'º' 2345/08, para dar continuidad al debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados al citado Organismo.

Que los agentes propuestos reúnen los requisitos de idoneidad necesarios para la realización de las tareas encomendadas por lo que se hace necesario exceptuarlas de lo establecido en el artÃculo 7'º del Anexo I del Decreto N'º' 2345/08.

Que las personas involucradas en el presente acto se encuentran exceptuadas de lo establecido en el artÃculo 6'º del Decreto N'º' 601/02, reglamentario del Decreto N'º' 491/02, por haber dado cumplimiento oportunamente.

Que los agentes de que se trata han efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1'º de enero de 2011, por lo que procede prorrogar su contratación con efectos a esa fecha.

Que previo a dar trámite a la presente contratación las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.

Que la financiación del gasto de la medida que se tramita, será atendida con cargo a las partidas especÃficas de los...

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