Decision Administrativa 6/2007

Fecha de la disposición12 de Febrero de 2007

Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional (Decreto Nº 659/1947) Buenos Aires, lunes 12 de febrero de 2007

Año CXV Número 31.093

Precio $ 0,70

PRESIDENCIA DE LA NACION SECRETARIA LEGAL Y TECNICA DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI Secretario DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL JORGE EDUARDO FEIJOÓ Director Nacional www.boletinoficial.gov.ar e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 538.103

DOMICILIO LEGAL Suipacha 767-C1008AAO DELAREPUBLICA ARGENTINA Sumario Pág.

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DECRETOS IMPUESTOS 103/2007

DECISIONES ADMINISTRATIVAS FIRMA DIGITAL 6/2007

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS 1241/2006

MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA 1243/2006

1244/2006

MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS 1242/2006

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO 1245/2006

Apruébase la contratación de un consultor para la realización de las actividades previstas en el marco del proyecto del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) ARG/04/002

1246/2006

Apruébase la enmienda a la contratación de un consultor para la realización de las actividades previstas en el marco del proyecto del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) ARG/05/023 Programa de Fortalecimiento Institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores,

1247/2006

Apruébase la contratación de un consultor para la realización de las actividades previstas en el marco del proyecto del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) ARG/04/002

1248/2006

Apruébase la contratación de un consultor para la realización de las actividades previstas en el marco del proyecto del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) ARG/05/023

1249/2006

Apruébase la enmienda a la contratación de un consultor para la realización de las actividades previstas en el marco del proyecto del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) ARG/05/023 Programa de Fortalecimiento Institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores,

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DECRETOS DECISIONES ADMINISTRATIVAS IMPUESTOS Decreto 103/2007

Sustitúyese el Artículo 1º del Decreto Nº 1437/98.

Bs. As., 7/2/2007

VISTO el Decreto Nº 732 de fecha 10 de febrero de 1972, y CONSIDERANDO:

Que por el citado Decreto se estableció un régimen de exención total al pago de tributos a las importaciones para consumo realizada, entre otros, por entes oficiales nacionales, provinciales y municipales y sus dependencias centralizadas o descentralizadas.

Que mediante el dictado del Decreto Nº 71 de fecha 24 de enero de 1997, se derogó el Decreto Nº 732/72.

Que por los Decretos Nros. 180 de fecha 28 de febrero de 1997, 1020 de fecha 30 de septiembre de 1997, 1437 de fecha 10 de diciembre de 1998, 156 de fecha 28 de diciembre de 1999, 1283 de fecha 29 de diciembre de 2000, 451 de fecha 7 de marzo de 2002, 396 de fecha 18 de julio de 2003, 1375 de fecha 30 de diciembre de 2003, 194 de fecha 9 de marzo de 2005 y 169 de fecha 20 de febrero de 2006, se prorrogó la entrada en vigencia del Decreto Nº 71/97 a las importaciones de mercaderías realizadas por entes oficiales, nacionales, centralizados o descentralizados, destinadas a la educación, la salud, la ciencia y la tecnología.

Que subsistiendo las circunstancias y fundamentos que determinaron la prórroga antes expuesta, resulta conveniente mantener la misma, hasta el 31 de diciembre de 2007.

Que asimismo resulta necesario mantener la ampliación del régimen instituido por el Decreto Nº 732/72, haciéndolo extensivo a los entes oficiales provinciales y municipales y sus dependencias centralizadas o descentralizadas.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 20.545, modificada por la Ley Nº 21.450, mantenida por la Ley Nº 22.792 y por la Ley Nº 22.415.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Sustitúyase el Artículo 1º del Decreto Nº 1437/98 por el siguiente: 'ARTICULO 1º.- En los supuestos de importaciones de mercaderías realizadas por entes oficiales nacionales, provinciales y municipales y sus dependencias centralizadas o descentralizadas destinadas a la educación, la salud, la ciencia y la tecnología, la derogación del Decreto Nº 732/72 dispuesta por el Decreto Nº 71/97 comenzará a regir a partir del 1º de enero de 2008'.

Art. 2º

Lo dispuesto en el presente Decreto, producirá efecto a partir del 1º de enero de 2007.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- KIRCHNER. -- Alberto A. Fernández. -Felisa Miceli. -- Ginés M. González García. -Daniel F. Filmus.

FIRMA DIGITAL Decisión Administrativa 6/2007

Establécese el marco normativo de firma digital aplicable al otorgamiento y revocación de las licencias a los certificadores que así lo soliciten.

Bs. As., 7/2/2007

VISTO la Ley Nº 25.506, los Decretos Nros. 2628 del 19 de diciembre de 2002, 624 del 21 de agosto de 2003, 1028 del 6 de noviembre de 2003; 409 del 2 de mayo de 2005 y 724 del 8 de junio de 2006.

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1250/2006

Apruébase la contratación de un consultor para la realización de las actividades previstas en el marco del proyecto del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) ARG/05/025

SECRETARIA DE DEPORTE 1240/2006

CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO 9

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CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 25.506 legisló sobre la firma digital, la firma electrónica y el documento digital.

Que dicha normativa ha significado un salto cualitativo importante a fin de habilitar la validez legal del documento digital, otorgándole las condiciones de autoría e integridad imprescindibles como base del comercio electrónico, el gobierno electrónico y la sociedad de la información.

Que resulta necesario dictar las normas técnicas que permitan implementar definitivamente el sistema de licenciamiento establecido en la mencionada ley, regulando la Infraestructura de Firma Digital de la República...

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