Decisión Administrativa 777/2010

Fecha de disposición10 Noviembre 2010
Fecha de publicación10 Noviembre 2010
SecciónDecisiones Administrativas
Número de Gaceta32025

Miércoles 10 de noviembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.025 5

CONSIDERANDO:

Que mediante el Expediente citado en el Visto, tramita la aprobación de los contratos, ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrados entre el titular de la SECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA Y EVALUACION PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y las personas nominadas en el Anexo I, de acuerdo con las previsiones del Decreto N'° 1421/02.

Que por el artÃculo 9'° del Anexo I del decreto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estarán sujetas las contrataciones del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución ex SSGP N'° 48/02 las pautas para la aplicación del mismo.

Que los agentes involucrados en la presente medida se encuentran afectados exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artÃculo 9'° del Anexo l del decreto mencionado en primer término del Visto.

Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, aprobado por Decreto N'° 2098/08, establece los requisitos mÃnimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo diversas exigencias para el Nivel C.

Que los antecedentes curriculares de las personas nominadas en el Anexo I, resultan atinentes al objetivo de las funciones que les van a ser asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para su realización, por lo que procede aprobar las contrataciones de los mismos como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artÃculo 9'° del Anexo I del Decreto N'° 1421/02.

Que el artÃculo 1'° de la Decisión Administrativa N'° 3/04, modificada por sus similares N'° 1151/06 y N'° 52/09, establece que el personal contratado percibirá una remuneración mensual equivalente al nivel o categorÃa del régimen escalafonario aplicable al personal de planta permanente de la jurisdicción según el tipo de funciones a desarrollar.

Que las personas nominadas en el Anexo I han dado estricto cumplimiento a lo establecido en el artÃculo 6'° del Decreto N'° 601/02, reglamentario de su similar N'° 491/02, adjuntando la documentación pertinente.

Que los agentes de que se trata han efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir de los perÃodos que en cada caso se indica, por lo que procede aprobar las respectivas contrataciones con efectos a esas fechas.

Que previo a dar trámite a las presentes contrataciones, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.

Que la financiación del gasto de la medida que se tramita, será atendida con cargo a las partidas especÃficas de los créditos presupuestarios de la...

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