Decisión Administrativa 775/2010

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición10 de Noviembre de 2010

Miércoles 10 de noviembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.025 4 términos del artÃculo 9'º del Anexo I del decreto mencionado en primer término en el Visto.

Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, aprobado por Decreto N'º' 2098/08, establece los requisitos mÃnimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el nivel E diversas exigencias.

Que los antecedentes curriculares del agente propuesto resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que procede aprobar la contratación solicitada como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artÃculo 9'º del Anexo I al Decreto N'º' 1421/02.

Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en el artÃculo 6'º del Decreto N'º' 601/02, reglamentario del Decreto N'º' 491/02.

Que el agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 14 de junio de 2010, por lo que procede aprobar la contratación con efectos a esa fecha,

Que previo a dar trámite a la presente medida, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.

Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente, será atendida con cargo a las partidas especÃficas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 25 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional N'º' 26.546.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artÃculo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, último párrafo del artÃculo 9'º del Anexo I del Decreto N'º' 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N'º' 25.164 y en el Decreto N'º' 577/03, y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

ArtÃculo 1'º â Dase por aprobado con efectos al 14 de junio de 2010 y hasta el 31 de diciembre de 2010, el contrato suscripto ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la...

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