Decisión Administrativa 554/1998

Fecha de disposición19 Noviembre 1998
Fecha de publicación19 Noviembre 1998
SecciónDecisiones Administrativas
Número de Gaceta29026

Decisión Administrativa 554/98 del 16/11/98 HIDROCARBUROS

Decisión Administrativa 554/98

Autorízase a Panam Group S.A. a ceder el cincuenta por ciento de sus derechos y obligaciones, en relación con la Concesión de Explotación en el Area CGSJ, "Cañadón Ramírez", ubicada en la Provincia del Chubut.

Bs. As., 16/11/98

B.O: 19/11/98

VISTO el Expediente N° 750-003980/97 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 1584 de fecha 15 de agosto de 1991 se otorgó a las empresas ROCH SOCIEDAD ANONIMA y PANAM GROUP SOCIEDAD ANONIMA, la Concesión de Explotación sobre el Area CGSJ-13 "CAÑADON RAMIREZ" en la Provincia del CHUBUT, bajo el régimen de la Ley N° 17.319 y sus decretos reglamentarios.

Que por Decisión Administrativa N° 22 del 23 de enero de 1997 el PODER EJECUTIVO NACIONAL autorizó a la empresa ROCH SOCIEDAD ANONIMA en su carácter de titular parcial de la Concesión de Explotación en el Area CGSJ-13 "CAÑADON RAMIREZ" en la Provincia del CHUBUT, a ceder la totalidad de su participación en la citada área, equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) de los derechos y obligaciones resultantes de la misma, a favor de PANAM GROUP SOCIEDAD ANONIMA, habiéndose presentado la escritura correspondiente.

Que en virtud de la cesión indicada precedentemente la titularidad en la Concesión de Explotación en el Area CGSJ-13 "CAÑADON RAMIREZ" resulta ejercida por la empresa PANAM GROUP SOCIEDAD ANONIMA, en un CIEN POR CIENTO (100%).

Que PANAM GROUP SOCIEDAD ANONIMA ha arribado a un acuerdo preliminar con APCO ARGENTINA INC. Sucursal Argentina para ceder el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de su participación en la Concesión de Explotación en el Area CGSJ-13 "CAÑADON RAMIREZ".

Que de autorizarse tal cesión el porcentual de participación de cada una de las empresas sería el siguiente: PANAM GROUP SOCIEDAD ANONIMA, CINCUENTA POR CIENTO (50%) y APCO ARGENTINA INC. Sucursal Argentina, CINCUENTA POR CIENTO (50%).

Que en consecuencia la empresa cedente y la cesionaria han presentado ante la Autoridad de Aplicación el pedido de autorización, acompañando la correspondiente Minuta de Escritura Pública de cesión.

Que la empresa cesionaria, reúne la condición requerida por la Ley N° 17.319 para ser titular de la Concesión de Explotación.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR