Decisión Administrativa 209/2015
Fecha de disposición | 12 Mayo 2015 |
Fecha de publicación | 20 Mayo 2015 |
Sección | Decisiones Administrativas |
Número de Gaceta | 33133 |
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
Decisión Administrativa 209/2015
Apruébase prórroga de contrato.
Bs. As., 12/5/2015
VISTO el Expediente N° S02:0070872/2013, Cuerpos I, II, III, IV y V del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE y los Decretos N° 1023 del 13 de agosto de 2001, sus modificatorios y complementarios, y N° 893 del 7 de junio de 2012 y su modificatorio, y
CONSIDERANDO:
Que por el referido Expediente se tramitó la Licitación Pública Nacional de Etapa Única del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE N° 28/2013, gestionada a fin de lograr la contratación de un servicio integral de limpieza, incluyendo la provisión de insumos que resulten necesarios, para diversos edificios pertenecientes al MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, por un período de DOCE (12) meses con opción a prórroga por un plazo igual o fracción menor.
Que mediante la Decisión Administrativa N° 314 del 30 de abril de 2014, se aprobó la mencionada Licitación Pública y se adjudicó a la firma LYME S.A. (Orden de Compra N° 45/2014); por la suma de PESOS QUINCE MILLONES CIENTO VEINTE MIL ($ 15.120.000,00).
Que el vencimiento del referido contrato operará con fecha 15 de mayo de 2015, en virtud de lo cual el Director de Patrimonio y Suministros del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE solicita a fojas 844 hacer uso de la opción de prórroga prevista en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rigió la Licitación Pública, en el marco de lo establecido en el artículo 124 apartado b) del Anexo al Decreto N° 893 del 7 de junio de 2012 y su modificatorio.
Que a fojas 849 la firma LYME S.A. presta conformidad a la prórroga solicitada.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 aprobado por el Decreto N° 1344 de fecha 4 de octubre de 2007 y por el artículo 14 inciso g) del Anexo al Decreto N° 893 de fecha 7 de junio de 2012, ambos modificados por el Decreto N° 1039 de fecha 29 de julio de 2013.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
— Apruébase la prórroga del contrato celebrado con la firma LYME S.A. CUIT N°...
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