Decisión Administrativa 172. Desígnase Director Nacional de Comercio Interior.

Fecha de disposición11 Marzo 2016
Fecha de publicación11 Marzo 2016
SecciónDecisiones Administrativas

Decisión Administrativa 172/2016

Desígnase Director Nacional de Comercio Interior.

Bs. As., 10/03/2016

VISTO el Expediente N° S01:0354138/2015 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, las Leyes Nros. 27.008 y 27.198, ambas de Presupuesto General de la Administración Nacional para los Ejercicios 2015 y 2016, respectivamente, los Decretos Nros. 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, 1.070 de fecha 10 de julio de 2014 y 227 de fecha 20 de enero de 2016 y las Decisiones Administrativas Nros. 1 de fecha 12 de enero de 2015 y 10 de fecha 19 de enero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 1.070 de fecha 10 de julio del 2014 se dispuso, entre otras cuestiones, la aprobación de la estructura organizativa de segundo nivel operativo de la Secretaría de Comercio del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.

Que por el Decreto N° 227 de fecha 20 de enero de 2016 se dispuso, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, en cargos de rango y jerarquía inferior a Subsecretario será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que en virtud de específicas razones de servicio de la SUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se considera imprescindible la cobertura de UN (1) cargo vacante, Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva I de Director Nacional de Comercio Interior.

Que el Artículo 7° de las Leyes Nros. 27.008 y 27.198, ambas de Presupuesto General de la Administración Nacional para los Ejercicios 2015 y 2016, respectivamente, dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de las mismas, en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de las disposiciones del Artículo 10 de las citadas leyes.

Que tal requerimiento implica efectuar una excepción a lo dispuesto por el Artículo 7° de las Leyes Nros. 27.008 y 27.198, ambas de Presupuesto General de la Administración Nacional para los Ejercicios 2015 y 2016, respectivamente.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para...

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