Decisión Administrativa 15/2022

Fecha de publicación14 Enero 2022
SecciónDecisiones Administrativas
EmisorCORREDORES SEGUROS


Ciudad de Buenos Aires, 12/01/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-03008566-APN-DGDYD#JGM, la Ley N° 27.541, los Decretos Nros. 260 del 12 de marzo de 2020, 297 del 19 de marzo de 2020, 167 del 11 de marzo de 2021, 867 del 23 de diciembre de 2021, la Decisión Administrativa N° 951 del 30 de septiembre de 2021, su respectiva normativa modificatoria y complementaria, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 260/20 se amplió por el plazo de UN (1) año la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con la COVID-19, habiendo sido prorrogado dicho decreto en primer lugar hasta el 31 de diciembre de 2021 por el Decreto N° 167/21, en los términos del mismo y, posteriormente, hasta el 31 de diciembre de 2022 por el Decreto N° 867/21, en los términos del mismo.

Que a través del Decreto N° 297/20 se estableció una medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” en todo el país, la que fue prorrogada en diversas oportunidades, estableciéndose con posterioridad la medida de “distanciamiento social, preventivo y obligatorio” también por sucesivos períodos.

Que, posteriormente, mediante el dictado de sucesivos actos se establecieron una serie de medidas generales de prevención y disposiciones temporarias, locales y focalizadas de contención, así como diversas medidas sanitarias aplicables en todo el país, con el fin de mitigar la propagación del virus SARS-CoV-2 y su impacto sanitario.

Que, finalmente, por el referido Decreto N° 867/21, entre otros extremos, se modificaron diversas disposiciones del citado Decreto N° 260/20, estableciéndose un conjunto de nuevas medidas sanitarias aplicables a todo el territorio nacional desde el 1° de enero de 2022.

Que así, en el artículo 16 bis del referido Decreto N° 260/20 y sus modificatorios se establece que “El ingreso al territorio nacional se realizará por los corredores seguros establecidos en los términos del artículo 16 del presente decreto…”, estableciéndose asimismo las excepciones a ello.

Que, además, en virtud del contexto sanitario y epidemiológico imperante, oportunamente, por la Decisión Administrativa Nº 951/21 se establecieron un conjunto de medidas vinculadas a las condiciones de ingreso al país de personas nacionales y residentes en nuestro país, nacionales y residentes de países limítrofes y demás extranjeros no residentes, vigentes a partir del 1º de octubre y hasta el 31 de diciembre de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR