El debate por la edad jubilatoria: por una ley de hace cuatro años, ya es posible demorar el momento del retiro

El presidente Alberto Fernández, durante su discurso en la inauguración de las sesiones ordinarias legislativas

"Si por el motivo que fuere una persona deseara continuar trabajando después de cumplir la edad que establece la ley, nadie, en principio, debería obligarla a retirarse". No está claro si esas palabras del presidente Alberto Fernández dichas ante la Asamblea Legislativa anticipan un proyecto que será enviado al Congreso en función de un compromiso que se asumiría con el Fondo Monetario Internacional (FMI). La declaración fue hecha en la parte del discurso referida al principio de entendimiento entre el Gobierno y el organismo, en el cual, según se supo una semana atrás, el tema previsional es uno de los que están en danza.

Lo cierto es que hoy existe la opción de demorar la jubilación sin quedar fuera de un trabajo dependiente. La misma ley que en diciembre de 2017, bajo la gestión de Mauricio Macri, modificó la fórmula de movilidad jubilatoria -y que fue aprobada en medio de manifestaciones violentas y con toneladas de piedras arrojadas en la Plaza de los Dos Congresos-, estableció que una empresa no puede intimar a iniciar el trámite de jubilación a un empleado que, aun reuniendo los requisitos de aportes, tenga menos de 70 años de edad.

Es decir, no puede intimarlo hasta 5 años después de la edad mínima requerida para los varones y hasta 10 años más tarde de la menor edad que les da derecho a la jubilación para las mujeres. Y se dispuso que, a partir del momento de esa intimación, se debe mantener la relación de trabajo hasta que se obtenga la prestación y, como máximo, por un año (si el empleador decide prescindir del trabajador, debe indemnizarlo). Eso está hoy vigente, con lo cual ya existe el derecho a esperar un tiempo para la jubilación, a pesar de lo sugerido por el Presidente, al menos en el sector privado de la economía.

El efecto buscado por ese punto de la ley 27.426 es un aumento de la edad promedio del retiro laboral, sin modificar el requisito mínimo que tiene el sistema general para pedir la jubilación: tener 65 años (los varones) y 60 años (las mujeres). Es decir, si la persona quiere o decide pedir su prestación, puede hacerlo a partir de esas edades.

Ese tipo de mecanismos, junto a otros como los que implican ofrecer incentivos para la contratación de personas mayores, es recomendado por analistas y organismos que estudian el tema previsional. Los cambios en la edad jubilatoria son difíciles de abordar en la...

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