S/ Dcia. Inf. Art.292/296 del C.P.

Fecha de la disposición26 de Febrero de 2010

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 13 a cargo del Dr. Hector Hugo Vitale, con intervención de la Secretarían Nº 25 a mi cargo sito en Marcelo T. de Alvear 1840 Piso 4* (TE. n* 4815-3840/ 48153853) de ésta Capital Federal comunica por el término de cinco días que con fecha 15 de febrero de 2010 se decretó la quiebra de Sind S.A haciéndole saber a esta y a terceros que deberán hacer entrega al síndico judicial de los bienes que posean la fallida, así como la prohibición de realizar pagos al mismo, los que serán ineficaces.

Se intima a la deudora para que entregue al síndico dentro de las veinticuatro horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad.

Se intima a la deudora para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el radio del Tribunal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Juzgado.

Deberá la deudora cumplir con los requisitos a los que se refiere el art. 86 de la ley 24.522, en cuanto a su remisión al art. 11 incs.

  1. , 3º,4º y 5º y en su caso a los incs. 1º, 6º y 7º del mismo texto legal.

Se hace saber a los interesados que el síndico designado en las presentes actuaciones es la contadora María Catalina Gassi con domicilio en la calle Defensa 898 Piso 1 C.A.B.A, domicilio éste al que deberán concurrir los acreedores a insinuar sus créditos hasta el día abril de 2010.

Buenos Aires, 22 de febrero de 2010.

Sebastián Julio Martorano, secretario.

e. 26/02/2010 Nº 17721/10 v. 04/03/2010 Nº 14

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 14, a cargo de la Dra. Susana M.I. Polotto, Secretaría Nº 27, a cargo del Dra. Karin Martín de Ferrario, sito en Callao 635 piso 2º de esta Capital Federal, comunica por por 5 días que con fecha 12 de febrero de 2010, en los autos caratulados 'Yamil S.R.L. s/Quiebra', se resolvió decretar la quiebra de Yamil S.R.L. (CUIT 30-685139371) haciéndole saber a este y a los terceros que deberán hacer entrega al síndico de los bienes que posean del fallido, así como la prohibición de realizar pagos a la misma, los que serán ineficaces. Se intima al deudor para que entregue al síndico dentro de las 24 horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad, así como también a que dentro de las 48 horas constituya domicilio procesal en el radio del tribunal, con apercibimiento de tenerlo constituido en los estrados del Juzgado. Deberá el deudor cumplir con los requisitos a los que se refiere el art. 86 de la ley 24522 en cuanto a su remisión al art. 11 inc. 2, 3, 4, y 5 y en su caso 1, 6, y 7 del mismo texto legal. Fíjase hasta el día 03/05/10 para que los acreedores por causa o título anterior a la declaración de quiebras y sus garantes, formulen al síndico el pedido de verificación de sus créditos. Se fijan las fechas de 29/06/10 y el 26/08/10 para las presentaciones de los informes individuales y generales, previstos en el art. 35 y 39 de la L.C.

respectivamente, pudiendo ser observado, el último, dentro de los 10 días de presentados art. 40 L.C. El síndico designado es el contador Alicia Rita Romeo con domicilio en Paraná 26 Piso 5º Depto 'N' al cual deberán concurrir los acreedores a verificar sus créditos. El presente deberá ser publicado por el término de 5 días sin necesidad de pago previo y sin perjuicio de asignarse los fondos cuando los hubiere (art. 89 inc. 3 L.C.).

Buenos Aires, 19 de febrero de 2010.

Karin Martín de Ferrario, secretaria.

e. 26/02/2010 Nº 17608/10 v. 04/03/2010 Nº 17

El Juzgado en lo comercial Nº 17, a cargo del Dr. Federico A. Güerri, Secretaría Nº 34 a cargo de la Dra. Silvina D. M. Vanoli, sito en la calle Marcelo T. de Alvear 1840 3º piso, hace saber por cinco días que con fecha 5 de febrero de 2010 se ha decretado la quiebra de Pillowtex SA (CUIT Nº 30-70739815-5).

El síndico titular interviniente es el contador Mauricio Rosemblum con domicilio en la calle Bartolomé Mitre 2296 7º 'B', Cap. Fed., Tel.

4953-7676. Los acreedores deberán presentar los títulos justificativos de sus créditos ante el síndico, hasta el día 15 de abril de 2010.- Fíjanse los días 31 de mayo de 2010 y 13 de julio de 2010, para que el síndico titular presente los informes previstos por los arts.

35 y 39 de la ley 24.522, respectivamente.Hácese saber que: a) la fallida deberá entregar al síndico en el término de 24 horas sus libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad. b) se ordena a la fallida y terceros que entreguen al síndico los bienes de aquella que se encuentren en su poder c) los administradores de la fallida deberán de abstenerse de salir del país sin autorización previa del Tribunal. Prohíbese hacer pagos a la fallida los que en su caso serán considerados ineficaces.

Dado, sellado y firmado en Buenos Aires, a los 17 de febrero de 2010.

Silvina D. M. Vanoli, secretaria.

e. 26/02/2010 Nº 17637/10 v. 04/03/2010 Nº 21

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 21, a cargo del Dr. Germán Páez Castañeda, Secretaria Nº 41 a cargo de la Dra Andrea Rey, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, piso 3º, C. de Bs. As., hace saber en autos caratulados 'American Electronic S.A. s/ Quiebra', Expte. Nº 53.492, que el 22/12/2009 se decretó la quiebra de 'American Electronic S.A.'; CUIT 30-70553796-4, con domicilio social en California 2068, 3º piso, Of. '302', CABA. Se pone en conocimiento de los administradores de la fallida que deberán entregar al Sindico los libros contables, papeles y bienes que tuvieran en su poder...

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