Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii, 10 de Mayo de 2016, expediente CNT 043283/2013/CA001

Fecha de Resolución10 de Mayo de 2016
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA II SENTENCIA DEFINITIVA NRO.: 107035 EXPEDIENTE NRO.: 43283/2013 AUTOS: DAVICO CESAR RAUL c/ JUMBO RETAIL ARGENTINA S.A.

s/DIFERENCIAS DE SALARIOS VISTO

Y CONSIDERANDO:

En la ciudad de Buenos Aires, el 10 de mayo de 2016, reunidos los integrantes de la Sala II a fin de considerar los recursos deducidos en autos y para dictar sentencia definitiva en estas actuaciones, practicado el sorteo pertinente, proceden a expedirse en el orden de votación y de acuerdo con los fundamentos que se exponen a continuación.

La Dra. G.A.G. dijo:

Contra la sentencia de fs. 215/16 que rechazó la acción incoada contra Jumbo Retail Argentina S.A. se alza la parte actora a tenor del memorial recursivo obrante a fs. 219/27, que mereció réplica de su contraria a fs. 230/32.

El accionante se queja por el rechazo de la acción sobre la base de lo que considera una inadecuada ponderación de la prueba testimonial producida en la presente causa, y por la falta de aplicación de la presunción prevista en el 55 de la LCT, en cuanto al registro de horas suplementarias que dispone el art. 6 de la ley 11.544 que, atento a su falta de exhibición al perito contador interviniente en autos, debió

haberse tornado aplicable.

Luego de un análisis de los fundamentos vertidos en el memorial recursivo de la parte actora, como también de los contenidos en la sentencia apelada, en la demanda y en su contestación, considero que le asiste razón al demandante en su queja.

En tal sentido, si bien de los pasajes transcriptos de las declaraciones testimoniales que el propio actor recurrente vierte en su memorial, no surge una sola prueba de que el actor haya prestado servicios en horas suplementarias, lo cierto es que se encuentra acreditado –y llega firme a esta Alzada- que fueron abonadas al actor horas extraordinarias –ver recibos de sueldo de fs. 17/52- y que del informe pericial contable surge que la accionada omitió exhibir el registro de horas suplementarias que establece el art. 6 de la ley 11.544, lo que torna aplicable la presunción del art. 55 de la LCT en favor de los dichos del actor.

En el contexto analizado surge que la demandada no puso a disposición del perito contador la registración relativa al horario, y si bien reiteradamente se ha sostenido que dicha omisión no prueba en modo alguno, que las horas Fecha de firma: 10/05/2016 extras se hayan...

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