Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 28 de Septiembre de 2005, expediente Ac 94338

PresidenteRoncoroni-Soria-Genoud-Kogan-de Lázzari
Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2005
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Ac. 94.338 "Danna Automotores S.R.L. c/ Consar S.A. y ot. Rescisión de contrato. Daños y perjuicios".

//Plata, 28 de Setiembre de 2005.

AUTOS Y VISTO:

En los presentes obrados, en lo que aquí corresponde destacar, el juez de primera instancia hizo lugar a la pretensión y fijó el monto de la condena (fs. 366/371), decisión que fue apelada por ambas partes. La Cámara revocó el fallo y rechazó la demanda (fs. 452/457). Contra dicho pronunciamiento el actor dedujo los recursos extraordinarios de inconstitucionalidad e inaplicabilidad de ley (fs. 461/468 y vta.), habiendo sido denegado el primero y otorgado el segundo (fs. 469 y vta.).

Dable es señalar, respecto de la impugnación concedida que, en el caso, el valor del litigio, es de monto determinado y está representado para el recurrente por el importe del capital fijado en la sentencia de primera instancia cuyo mantenimiento persigue (ver fs. 466 vta.; conf. doct. Ac. 83.169, 13-II-2002; Ac. 84.915, 30-X-2002; Ac. 89.138, 9-X-2003). En consecuencia, teniendo en cuenta dicha suma, tanto la expresada en pesos como la fijada en dólares -esta última tomando el equivalente de la cotización de la divisa en pesos para adquirirla en el mercado a la fecha de interposición del recurso...

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