Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala G, 13 de Julio de 2018, expediente CIV 030061/2014

Fecha de Resolución13 de Julio de 2018
EmisorCamara Civil - Sala G

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA G 30061/2014 – J. 81 D.M., C. s/CONTROL DE LEGALIDAD - LEY 26.061 Buenos Aires, de julio de 2018.-

AUTOS Y VISTOS:

  1. Por recibidos.

    Con respecto a las cuestiones a las que se alude en los escritos de fs. 1235 y 1242, estése a lo resuelto en la fecha en los incidentes nros. 10 y 11 de este principal.

  2. En lo tocante al recurso extraordinario interpuesto a fs. 1243/1246 contra la providencia de fs. 1239 que dispuso la remisión de las actuaciones a la tutoría pública a su pedido, sin perjuicio de destacar que la cuestión ha devenido abstracta con la devolución del expediente, se advierte de todos modos la palmaria improcedencia del remedio intentado.

    La remisión cuestionada no constituye decisión definitiva de la causa, ni comporta cuestión federal y no se configura en el caso alguno de los supuestos que contempla el art. 14 de la ley 48.

    Por tanto, corresponde denegar el recurso extraordinario interpuesto sin necesidad de otras consideraciones, lo que así SE RESUELVE:

    . Sin costas por no haber merecido sustanciación.

  3. En cuanto al informe y oficio remitidos según constancias de fs. 1247/1252 y fs. 1253/1254, agréguense para ser proveídos en la instancia de grado.

  4. Notifíquese al recurrente por secretaría en su domicilio electrónico (ley 26.685 y...

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