Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Ii, 28 de Diciembre de 2016, expediente CCF 006791/2014/CA002

Fecha de Resolución28 de Diciembre de 2016
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Ii

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL – SALA II Causa n° 6791/2014 D,. M. c/ OBRA SOCIAL DEL PODER JUDICIAL s/AMPARO DE SALUD Buenos Aires, 28 de diciembre de 2016.-

VISTO: el recurso extraordinario articulado por el Estado Nacional a fs. 279/92, cuyo traslado contestó la actora a fs. 301/06 y el Ministerio Publico de la Defensa a fs. 308/13, contra la sentencia de fs.

269/70vta.; y CONSIDERANDO:

  1. ) Que esta S. en el pronunciamiento indicado, confirmó el fallo de la anterior instancia que admitió la acción de amparo promovida por doña L.

    V. D,. -en representación de su hija menor M. D,.- contra la Obra Social del Poder Judicial de la Nación, a quien condenó a brindarle cobertura integral, continua y oportuna para los tratamientos indicados por la médica tratante.

    Ello así, especialmente por haber estimado el tribunal que la invocada ausencia de recomendación firme basada en evidencia del tratamiento combinado no constituye un obstáculo suficiente para la denegatoria, en tanto no se han ponderado las particularidades propias del caso: no haber logrado el crecimiento de recuperación anteriormente y haber comenzado el desarrollo puberal. A ello sumado lo que afirma la perito médica, en cuanto a que lo prescripto por la profesional que interviene en el caso es “un tratamiento con fundamentación científica, del cual no se han descripto efectos colaterales significativos, con recuperación del eje hipotálamo hipófiso gonadal una vez cesado el tratamiento, y del cual cabría esperar que la niña M.D. se beneficie, adquiriendo una estatura adulta normal.

  2. ) Que así planteada la cuestión, cabe señalar que los temas resueltos son de hecho y prueba y de derecho procesal propios de los jueces de la causa y...

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