Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - SALA E, 5 de Mayo de 2015, expediente CIV 060049/2011/CA002

Fecha de Resolución 5 de Mayo de 2015
EmisorSALA E

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA E 60049/2011 D.M.C.C.D.D.P. S/ COLACION Buenos Aires, abril de 2.015.-

AUTOS Y VISTOS:

En las resoluciones de fs 107 del presente y de fs.

135/136 del expediente sobre medidas precautorias, el Tribunal señaló

el objeto de las acciones intentadas.

Allí se sostuvo que se demandó por colación, con el fin de la integración de la legítima de la demandante y referido al inmueble de la calle S.O. y a las acciones de Carrara S.A.C.

  1. e I., ampliándose la pretensión por simulación, daños y perjuicios y establecimiento de canon locativo.

Para establecer la base regulatoria corresponde tomar exclusivamente la porción que la actora pretendió resguardar con esta acción para tal integración (cfr. esta S., c. 36.438 del 12/4/88; c. 140.210 del 14/3/94).

Producido el acuerdo de fs. 429/431, que engloba un acuerdo particionario de las sucesiones de los padres de las partes, así como la conclusión del presente, finalmente se conforma la estimación de valores de fs. 450.

Dicha estimación en nada coincide con el objeto, ni el interés precedentemente señalado, por lo que no puede apreciarse a los fines regulatorios en el presente y su incidente 37.772/2011.

Para establecer la base regulatoria del presente deberá procederse conforme el procedimiento establecido en el art. 23 de la ley 21.839...

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