Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala G, 9 de Noviembre de 2017, expediente CIV 014521/2016/CA001

Fecha de Resolución 9 de Noviembre de 2017
EmisorCamara Civil - Sala G

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA G “D. H. M. c/ G. O.J. y otros s/ desalojo por falta de pago”

J. 13 Sala “G” Relación Expte. n° 14521/2016/CA1 Buenos Aires, noviembre de 2017.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Vienen estos autos a conocimiento de la sala con motivo del recurso de apelación interpuesto por la Defensoría de Menores contra la decisión de fs. 257, en tanto denegó el pedido de suspensión del procedimiento. El recurso fue mantenido con el dictamen de fs. 264/265, contestado por el actor a fs. 267/268.

  2. En el marco del presente juicio de desalojo promovido el 28 de marzo de 2016 (fs. 27/30), luego de contestar demanda el locatario (fs. 106/12) y habiéndose presentado los subinquilinos de aquél con la misma dirección letrada (fs. 182/185), se declaró la cuestión como de puro derecho (fs. 192) y finalmente, el 31 de marzo de 2017, se dictó sentencia que hizo lugar a la demanda y condenó a desalojar el inmueble a quienes se presentaron en autos, como a demás eventuales subinquilinos y ocupantes de las unidades involucradas (fs. 197/200), la cual se encuentra consentida.

    Frente a la orden de lanzamiento dispuesta a fs. 247 se presentan espontáneamente los ocupantes del primer piso “A”, dos de ellos acreditan la existencia de su hijo un menor de edad (conf.

    copia certificada de fs. 248), y solicitan la suspensión del procedimiento hasta tanto tomen intervención el defensor de menores y el Gobierno de la ciudad en resguardo de sus derechos (fs. 250/253 y 254/256).

    El planteo es desestimado parcialmente en los términos que surgen de la decisión de fs. 257, que fue consentida por los peticionarios y sólo viene apelada por el Ministerio Público de la Fecha de firma: 09/11/2017 Alta en sistema: 21/11/2017 Firmado por: C.A.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.C.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.B., JUEZ DE CAMARA #28133076#191975024#20171108124757074 Defensa, que insiste con la suspensión del trámite hasta tanto se encuentre garantizado el derecho a la vivienda de su representado.

  3. La resolución DGN N°1119/08 del 25/7/08 de la Defensoría General de la Nación, dispuso la necesaria intervención del Ministerio de la Defensa en los procesos de desalojo de inmuebles en los que habiten menores de edad, para tratar de evitar el desalojo y en su caso, procurar se provea una nueva vivienda antes de que se haga efectivo el lanzamiento, toda vez que al adoptarse esta medida se verán afectados tanto la persona como los bienes de los menores.

    Es...

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