Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala C, 28 de Febrero de 2018, expediente CIV 090126/2016/CA001

Fecha de Resolución28 de Febrero de 2018
EmisorCamara Civil - Sala C

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA C 90126/2016 D., D. s/DETERMINACION DE LA CAPACIDAD Juz. 86 M.F.Z.

Buenos Aires, febrero de 2018.- MMD Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. La sentencia de fs. 86/87 mantiene la capacidad general de ejercicio de D.A.D., restringiéndola en lo que se refiere a: a) Cobrar y administrar su beneficio previsional y/u otras sumas de dinero que pudiere percibir; b) Para la celebración de contratos y/o acuerdos de toda índole, c) Para la administración de los recursos de salud; d) Para cumplir las indicaciones terapéuticas que se le efectúan, para prestar consentimiento informado para el suministro de medicación y/o la realización de practicas o tratamientos que se le propongan en los términos de la ley 26.529 y su decreto reglamentario 1089/2012 y ley 26.742 e) Para intervenir en procesos judiciales, para todo lo cual designa al Sr. Defensor Público Curador, valorando que D. no se vincula con ningún referente familiar y a los fines de que “colabore” con el denunciado en lo que se refiere a la toma de decisiones.

    Contra el pronunciamiento se alza el Defensor Público Curador a fs. 90, fundando sus agravios a fs. 102/105. A fs. 112/114 dictamina la Sra. Defensora de Cámara y propicia se confirme el fallo.

    El Dr. L.B. se queja por cuanto entiende que más allá del trastorno borderline de la Fecha de firma: 28/02/2018 Alta en sistema: 20/03/2018 Firmado por: O.L.D.S., Juez de Cámara Firmado por: J.B.F., Juez de Cámara (subrogante)

    Firmado por: G.A.I., Juez de Cámara (subrogante)

  2. No se desconoce que al ratificar la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad mediante la ley 26.378 -con jerarquía supralegal-, se creó un nuevo paradigma en cuanto a los derechos de las personas con padecimientos psíquicos el cual consiste en el reconocimiento de su capacidad para ejercer por sí sus derechos, en la medida de sus posibilidades y con el apoyo del Estado en ese proceso.

    Asimismo, que bajo estos lineamientos se sancionó la ley 26.657 de Derecho de la Protección de salud Mental (BO 13-12-10).La entrada en vigencia de la nueva ley de Salud Mental recae sobre uno de los pilares de nuestro derecho...

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