D., D. M. c/ Z., M. A. V. s/ALIMENTOS

Fecha25 Octubre 2017
Número de expedienteCIV 073710/2016/CA002
Número de registro191464872

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA G 73710/2016 D., D.M. c/Z., M. A.

  1. s/ALIMENTOS Buenos Aires, de octubre de 2017.- AC VISTOS

    Y CONSIDERANDO:

    I.V. los autos a esta Sala a los fines de conocer sobre el recurso articulado a fs. 149 por la parte actora contra el decisorio de fs.145/8, que hizo lugar a la demanda y dispuso fijar la cuota alimentaria que la demandada deberá abonar en favor de su hijo J.D. en el 20 % de los haberes netos que percibe en la M. S.A..

  2. Por entender que la proporción establecida en la sentencia de grado resulta insuficiente para atender los gastos del niño, se alzan el actor. Así, la parte actora –con adhesión en el dictamen por parte de la Defensora de Cámara- solicitó que se eleve la cuota alimentaria fijada por la Juez “a quo” por considerar que resulta insuficiente. También cuestionó, la tasa de interés establecida en el pronunciamiento de grado.

    III.-Sentado ello, los aspectos técnicos vinculados con el instituto en examen, han sido correctamente desarrollados por la “a-

    quo” en su pronunciamiento. Como el Tribunal los comparte y no han sido materia de agravios, no se abundará sobre ese aspecto por razones de brevedad.

  3. En tal sentido cabe poner de resalto que del examen de las actuaciones, se desprende que a fs. 118 se fijaron los alimentos provisorios que la demandada debía abonar en beneficio de su hijo en la suma de pesos tres mil ($3.000), la cual fue confirmada por este Tribunal a fs. 311/2.

    Basado en la compulsa de la documentación acompañada se desprende que el menor convive con su padre en un inmueble...

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