Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 3 de Febrero de 2020, expediente CFP 000889/2018/3/CA001

Fecha de Resolución 3 de Febrero de 2020
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

CFP 889/2018/3/CA1

Sala II - CFP 889/2018/3/CA1

D.C.N., F. F.

X. s/procesamiento Juzgado 3 - Secretaría 5

Buenos Aires, 3 de febrero de 2020.

VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

I. Que las presentes actuaciones se elevaron a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación deducido por la defensa técnica de F. F.

X. D.C.N., ejercida por el Dr. J.M.H., contra la decisión adoptada por el Sr. Juez de grado cuya fotocopia obra a fs. 1/10 de este incidente, mediante la cual dispuso su procesamiento en oren a su responsabilidad en el hecho prima facie calificado como infracción al artículo 31, inciso “d” de la Ley 22.362.

II. A criterio del recurrente, la investigación debe declararse inválida desde su inicio por haber implicado una intromisión indebida en el ámbito de reserva constitucionalmente protegido. Postuló subsidiariamente la atipicidad de la conducta en tanto, a su criterio, no se verifica el engaño que exige el tipo penal cuya violación se le ha reprochado a su asistido . Cuestiona, por último, la suma fijada en concepto de embargo.

III. Es de indicar que la investigación se inició

como consecuencia del resultado que arrojaron las tareas de relevamiento en la web que efectuó personal de la División Intervenciones Informáticas Complejas perteneciente a la Superintendencia de Delitos Tecnológicos de la Policía de la Ciudad, en el marco de las cuales pudieron advertir que a través del dominio www.mercadolibre.com.ar un usuario identificado como d. se ofrecían para la venta diferentes relojes cuyos valores no guardaban correspondencia con los de plaza para productos de esas marcas.

En razón de ello, el a quo dispuso diversas diligencias orientadas a individualizar al usuario y a establecer la vigencia del registro marcario -conf. fs. 11, 12/46, 54/5-, agregándose luego el listado conteniendo el historial de ofertas -fs. 72/100-. Avanzando, se hicieron tareas de investigación en derredor del domicilio y se identificó al ofertante, resultando ser el aquí imputado De Castro Neto -fs. 130, 141 y 146, entre otras-.

Fecha de firma: 03/02/2020

Alta en sistema: 04/02/2020

Firmado por: M.I., Juez de Cámara Firmado por: L.B., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: L.V.L., Secretaria de Cámara #34460518#254179284#20200203131421602

Oportunamente, al disponerse el allanamiento del domicilio que habitaba, fueron secuestrados -entre otros elementos-

veintidós relojes que ostentaban...

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