Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B - SECRETARIA CIVIL I, 7 de Mayo de 2018, expediente FCB 000101/2018/CA001

Fecha de Resolución 7 de Mayo de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B - SECRETARIA CIVIL I

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA – SALA B AUTOS : “D C, M M POR DERECHO PROPIO Y EN NOMBRE Y REPRESENTACIO Y OTRO c/ SANCOR SALUD –

OSPERSAAMS s/ AFILIACIONES”

doba, siete de mayo de dos mil dieciocho Y VISTOS :

Estos autos caratulados: “D C, M M POR DERECHO PROPIO Y EN NOMBRE Y REPRESENTACIO Y OTRO c/

SANCOR SALUD – OSPERSAAMS s/ AFILIACIONES” (Expte. N° FCB 101/2018/CA1), venidos a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la demandada –Asociación Mutual Sancor Salud- en contra de la sentencia de fecha 18 de enero de 2018 dictada por el señor Juez Subrogante del Juzgado Federal de Río Cuarto, a través de la cual -en su parte pertinente- hizo lugar a la medida cautelar solicitada por la parte actora, ordenando a la accionada que de manera urgente e inmediata proceda a reasignar al núcleo familiar de la actora al PLAN SANCOR 1000 CONVENIO EMPRESA sin costo adicional, debiendo abonar la cuota y/o canon que venía pagando hasta el momento, debiendo por ende proveer a los amparistas la cobertura de las prestaciones médicas, tratamientos y provisión de medicamentos necesarios para tratar su contingencia de salud. Asimismo, le ordena la provisión del medicamento “MAB THERA (RITUXIMAB) 500 mg.” en las dosis indicadas por el médico especialista tratante, esto es, dos frascos por los primeros 15 días y luego cada seis (6) meses hasta que se resuelva el fondo de la cuestión, bajo apercibimiento de ley, todo ello previo consentimiento informado con el tratamiento prescripto y objeto del juicio, por parte de la señora J.C.R., de acuerdo a las previsiones de la Ley 26.529, modificada por la ley 26.742 y su decreto Reglamentario 1089/2012. A tal fin, ordena a la accionada, el cumplimiento de la contracautela dispuesta –rendición de la fianza personales de tres (3) letrados del foro inscriptos en la Matricula Federal (fs. 27/30).

Fecha de firma: 07/05/2018 Alta en sistema: 10/05/2018 Firmado por: A.G.S. TORRES, Firmado por: L.R.R., Firmado por: L.D. VALLE NAVARRO, Firmado por: M.H.V., SECRETARIO DE CAMARA #31153098#204900327#20180508093416311 Y CONSIDERANDO :

  1. De una breve reseña de la causa surge que los actores, señor D.C., M.M. y señora J.C.R. por derecho propio y en representación de sus hijos D.C.,M., D.C.,F. y D.C.,B., con el patrocinio letrado de la doctora V.G.C., interponen acción de amparo en contra de la Asociación Mutual Sancor Salud, procurando se proceda a dar el alta como afiliados en el plan Sancor 1000 Convenio Empresa, para gozar de la cobertura de salud que corresponde según el contrato y plan adherido oportunamente por la demandada y la empresa OLVITEC S.R.L.y se brinde la cobertura total al 100% de la medicación y prestaciones para el tratamiento crónico de síndrome de Sjögren de la señora J.C.R. consistente en: 1) Polirreumen (400 mg. diarios); 2) Kaon Gluconato de Potasio 100 mg. (uno a tres comprimidos diarios): 3)

    ANFOLIC 5mg. (tres veces por semana); 4) Ecuamon 10 mg. (3 comprimidos diarios); 5) Naprux 500 mg. (1 gramo por día); 6) MAB THERA (RITUXIMAB) 500 mg. Indicando dos frascos cada quince días el primer ciclo y luego cada 6 meses; 7) Artrait 25 mg. (un inyectable por semana); 8) Apatrix – Dexlamsoprazol 30 mg. (un comprimido diario); 9)

    Sucralmax 1 gr. (2 veces al día); 10) Systane 10 ML BALANCE (propilenglicol 0.6% gotas oftalmológicas) cada tres horas todos los días; 11) Treaplos bioprotector corneal solución oftalmológica; 12) Blefaskin 25 mg. G.; 13) Internación en Sanatorio Allende de la Ciudad de Córdoba para el suministro de MAB THERA. Por último, solicita la cobertura en tiempo y forma de las prestaciones e insumos que indica el médico tratante de la señora J.C.R. tendiente a la detección, tratamiento y control de la enfermedad que padece. Asimismo, como medida cautelar solicita se ordene de forma inmediata el alta en el plan ‘SANCOR 100 CONVENIO EMPRESA’ del grupo familiar como así también la cobertura de la medicación requerida (fs. 14/23).

    Mediante providencia de fecha 16 de enero de 2018 se habilita la feria judicial, confiriéndose Fecha de firma: 07/05/2018 vista al señor Fiscal Federal Alta en sistema: 10/05/2018 Firmado por: A.G.S. TORRES, Firmado por: L.R.R., Firmado por: L.D. VALLE NAVARRO, Firmado por: M.H.V., SECRETARIO DE CAMARA #31153098#204900327#20180508093416311 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA – SALA B AUTOS : “D C, M M POR DERECHO PROPIO Y EN NOMBRE Y REPRESENTACIO Y OTRO c/ SANCOR SALUD –

    OSPERSAAMS s/ AFILIACIONES”

    a fin que se expida sobre la competencia...

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