Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - SALA E, 8 de Noviembre de 2013, expediente CIV 068429/2010

Fecha de Resolución 8 de Noviembre de 2013
EmisorSALA E

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA E

EXPTE. N° 68.429/2010 – JUZG. 20

D C H S.C.A.(EN LIQUIDACION) C/ C N O S/ RENDICION DE

CUENTAS

.-

Buenos Aires, noviembre 8 de 2013.-

Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

Contra la resolución de fs. 195/198, que aprobó las cuentas allí realizadas estableciendo, en definitiva, que la parte demandada debe abonar una suma que se calculó en dólares estadounidenses, se alza la nombrada, por las quejas que vierte en su escrito de fs. 209/211, que fuera respondido a fs. 212/213.

En primer término debe señalarse que la presente demanda fue incoada a los efectos que la demandada rindiera cuentas respecto a la administración que efectuara de las locaciones de varios inmuebles durante el período comprendido entre los años 1991 y 1999, la que fue encomendada con la finalidad de atender, con su producido, a la manutención de Sra. R D de C.

En el dictamen pericial contable efectuado a fs. 76/77 se concluyó, ante la falta de toda documentación respaldatoria, que las cuentas rendidas por la demandada no se encontraban justificadas.

Así se designó a un perito arquitecto para establecer el valor de los cánones locativos que se fijaban durante el período mencionado (ver fs. 88). Dicho experto, en su informe de fs. 163/180, determinó el valor de las aludidas locaciones, señalando que lo hacía en dólares estadounidenses pues era la moneda que en aquella época era la que usualmente se utilizaba para la confección de los contratos de alquiler de inmuebles.

Tal tesitura fue la adoptada por la Sra. juez de grado para disponer que el saldo pendiente de devolución, luego de calcularse la cantidad de períodos percibidos por la demandada y deducirse un porcentaje estimado por los gastos de conservación de los inmuebles, debía establecerse en la mentada moneda.

De ello se agravia la parte demandada.

Debe prestarse especial atención a que, como se dijo, en la especie, se trata de al...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR