Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo , 30 de Junio de 2010, expediente 24.704/2008

Fecha de Resolución30 de Junio de 2010

Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario SENTENCIA N° 94.742 CAUSA N° 24.704/2008 SALA IV

D´AMBROSIO DIEGO Y OTRO C/ EDU RENT S.A. Y OTRO S/

DESPIDO

JUZGADO N°15

En la ciudad de Buenos Aires, capital de la República Argentina, a los 30 DE

JUNIO DE 2010, reunidos en la Sala de Acuerdos los señores miembros integrantes de este Tribunal, a fin de considerar el recurso interpuesto contra la sentencia apelada, se procede a oír las opiniones de los presentes en el orden de sorteo practicado al efecto, resultando así la siguiente exposición de fundamentos y votación:

El doctor H.C.G. dijo:

I) Contra la sentencia de primera instancia se alzan las demandadas (fs.

368), los D.. M. y C. (fs. 368, otrosí digo), la parte actora (fs.

375/383 vta.) y la perito contadora (fs. 385).

Trataré en primer lugar la crítica del actor, que se centra en la circunstancia de que se rechaza la demanda por considerarse no acreditada la relación laboral invocada, a pesar de que – dice – el reconocimiento de la prestación de servicios del actor torna operativa la presunción del artículo 23 de la LCT, que no ha sido desvirtuada, sino que – agrega – resulta corroborada por la prueba producida.

Luego de describir las actividades que son llevadas a cabo en el predio rural donde se halla emplazado el establecimiento denominado “La Reserva”, el actor manifiesta que fue contratado por la sociedad demandada (explotadora de ese establecimiento) para “(…) poner en funcionamiento una huerta orgánica existente incrementando su superficie de 1/4 de ha. A 1 ha. para de tal manera incorporar tareas de dicho tipo como labor terapia y tener la alimentación orgánica para el catering que ofrecen y para ello deciden contratar a los suscriptos” (ver fs. 3 vta.). Sobre esta cuestión aclara que la finalidad de la contratación fue “(…) desarrollar un espacio educativo de agricultura sustentado en la producción a través de la implementación de tecnología orgánica, así como también generar un registro de datos completos sobre la tecnología aplicada y resultados tanto de rendimientos como de evolución de parámetros físicos, químicos y biológicos que contribuyan a la difusión e investigación, así como a mejorar el manejo de los residuos orgánicos 1

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transformándolos en abono para que puedan ser reutilizados en forma productiva; generar un polo de producción orgánica que permita la difusión y el dictado de talleres y cursos de capacitación; se proponían también la realización de talleres de horticultura orgánica como una forma de introducirse en una ‘técnica milenaria’ que sugiere no sólo la producción de verdaderos alimentos ‘sanos y abundantes’, sino un cuidado particular sobre los recursos basándonos en la sustentabilidad de la producción y del sistema procurando una mejor calidad de vida y cuidando el medio ambiente y se llevan a cabo diferentes actividades, incluidos cosecha, la plantación de árboles frutales y ornamentales, lo que harían de estos talleres un motivo de interés para poder conocer la forma de producir nuestros alimentos y de cuidar las plantas sin descuidar la salud de las personas y su medio ambiente

(fs. 4 vta.).

También sostiene que eran objetivos de la empresa “(…) capacitar a las personas en la planificación, diseño y gestión de una huerta o jardín orgánico,

promover tecnologías aplicadas para la producción de sus propios alimentos basados en la actividad orgánica, observar y comprender una serie de ciclos naturales que ocurren alrededor de la producción de la huerta y que definen una producción, participar activamente en la construcción de una huerta así como en el desarrollo de distintos tipos de cultivos, conforme el momento del año,

ofrecer a los alumnos actividades experimentales para comenzar a indagar el medio ambiente, así como vivencias ricas y variadas de aproximación a la naturaleza. Aplicación y elaboración de abonos y otros preparados naturales y adquirir los conocimientos para la elección y multiplicación de plantas

(fs. 5,

pto. 10).

El actor continúa diciendo que tuvo a su cargo (junto con el ya citado F.) las tareas de producción, planificación y explotación de dicho predio rural y que “La primera tarea encomendada y llevada a cabo fue el relevamiento de todo el establecimiento. Así en el sector de producción hortícola, inicialmente de 2500 mts.2 y en estado de abandono, los suscriptos procedimos a la reparación y sustitución del invernáculo para plantines y del invernáculo para la producción de hongos. Se produjeron rollos de fardo para lo cual la demandada, por intermedio del Sr. F., contrató a un enrollador de la zona,

pilas de compost y lombricompuesto para el abonado del suelo. Los accionantes realizaron también el poder germinativo de la semilla existente y se compró la 2

Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario semilla faltante (…) También levantamos el alambrado perimetral de los 2500

mts.2 iniciales en este sector y trasladaron al frente de los 10.000 mts.2.

Realizamos el alambrado perimetral para la colocación del boyero eléctrico como defensa de la huerta contra liebres y carpinchos. También estuvo a nuestro cargo la toma de muestras de suelo para luego mandarlas a analizar y diagnosticar el grado de fertilidad de la tierra. Asimismo realizamos los caminos interiores del lugar en función al diseño de la huerta y planificación del sistema de riego de la huerta. Además llevamos a cabo la crianza de mil plantas de arándanos variedad M., provenientes de micropropagación y seiscientas plantas de diferentes variedades de black berries y zarzamoras de la misma procedencia

.

Agrega que, en el sector extensivo de “La Reserva” “(…) trabajamos mediante agricultura convencional, proyectamos y planificamos la agricultura USO OFICIAL

convencional y su conversión en agricultura orgánica mediante una producción diversificada, con cultivos anuales de maíz, sorgo, trigo, arroz y soja y pequeñas parcelas de cultivos medicinales como alcaucil y ortiga para uso farmacéutico.

V.S.A. tendría a su cargo la comercialización de los mismos y se multiplicaron las variedades existentes comprando semillas importadas (…)

También realizamos gestiones para la certificación orgánica del establecimiento y fuimos los encargados de establecer los contactos con la empresa certificadora OIA obteniendo todos los documentos para realizar la gestión de certificación (…) En el área del monte frutal se limpiaron todas las plantas muertas,

abonando y podando todas las plantas. También trabajamos en lo que se denominaba el área educativa proyectando el dictado de cursos. La demandada tenía una página de internet (lareservanamasarte) y al promover la huerta se crea otra (huertaenlareserva) con motivo de las actividades educativas y de interés para el municipio, se realizaron reuniones con el Intendente de Exaltación de la Cruz, H.A.E. a quien se le presentó un proyecto educativo para llevar a cabo en ‘La Reserva’. Los accionantes debimos realizar tareas de educadores facilitadotes para grupos que participaban en eventos y chicos de una Fundación de niños con capacidades diferentes interesados en las actividades de la huerta, enseñándoles el manejo adecuado de los animales del establecimiento, actividades con los mismos (ejemplo: ordeñe correcto de la vaca) y de los parques. Paralelamente a todas estas actividades descriptas 3

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llevamos a cabo tareas de rutina de la huerta, tales como el riego, el mantenimiento de los sectores cultivados (veredas y caminos), multiplicación de plantas, producción de plantines, preparación de purines, aplicación de fertilizantes orgánicos, control de insectos, preparación de canteros, trasplantes,

desyuye, etc., en resumen, reiteramos, todas las tareas necesarias para el fin de la actividad de la demandada, una huerta de producción orgánica con talleres educativos” (fs. 7/vta.).

En lo que a su situación respecta (E.G.F., que aparece como coactor en la demanda, quedó desafectado de esta causa por resolución de fs. 19), D’Ambrosio relata que ingresó a trabajar a las órdenes de la sociedad demandada el 4/01/07 y que se desempeñó como “(…) encargado de producción y planificación agraria en el predio rural denominado ‘La Reserva’ sito en el partido de Exaltación de la Cruz, P.. de Bs. As.”. También dice que su jornada de trabajo se extendía de lunes a sábados de 7 a 19 con una hora libre para refrigerio y que su remuneración mensual era de $5.000 más 5% de comisiones sobre la producción (ver fs. 3 vta.).

Por su parte, las demandadas niegan la existencia del contrato de trabajo invocado por el actor, así como el cumplimiento de las tareas por él indicadas en la demanda. Explican que el actor habría sido socio de E.G.F.,

con quien celebraron un contrato verbal según el cual F. (y, en su caso, sus asociados) utilizaría la huerta del establecimiento para impartir clases de huerta orgánica (actividad académica que se llevaría a cabo por exclusiva cuenta de Funes, y a su beneficio) y ampliaría de 2.500 metros cuadrados a 10.000 metros cuadrados la huerta orgánica. F., además, se comprometió a abastecer con productos de la huerta a la cocina del hotel que funciona en el predio, pudiendo disponer libremente del excedente. Sostienen que ese contrato no implicó una relación laboral y que se asemeja a un contrato de aparcería rural agraria.

También manifiestan que la Sra. M.E.C., presidenta del directorio de la sociedad demandada, sólo vio al actor en dos oportunidades (el 29/11/07, cuando solicitó a F. que se retirara del establecimiento, y en la segunda audiencia celebrada en el SECLO) y aclaran que nunca les fue presentado. A su vez, dicen que los empleados del...

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