Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA CIVIL, 16 de Febrero de 2017, expediente FLP 027112/2016/CA001
Fecha de Resolución | 16 de Febrero de 2017 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA CIVIL |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II La Plata, 16 de Febrero de 2017.
AUTOS Y VISTOS: este expte. FLP 27112/2016/CA1, caratulado “C., María
Rosa c/Obra Social del Poder Judicial de la Nación s/prestaciones médicas”, que
proviene del Juzgado Federal de Primera Instancia nº 3 de Lomas de Z. Y CONSIDERANDO:
LA JUEZA CALITRI DIJO:
Llega esta causa a esta Alzada en virtud del recurso de apelación interpuesto por el
apoderado de la Obra social del Poder Judicial de la Nación a fs. 37/42 contra la resolución
de primera instancia que hizo lugar a la medida cautelar solicitada.
I La decisión de primera instancia.
El juez de primera instancia resolvió hacer lugar a la medida cautelar solicitada y
ordenó a la Obra Social del Poder Judicial de la Nación que suministre a la señora María
Rosa Cutri “la prótesis de revisión con suplementos metálicos femorales distales y
posteriores (no tiene el implante nacional) escalón tibial, opción de vástago cementado o no
cementado constreñimiento femorotibial”, en forma inmediata y con cobertura del 100% a
fin de llevarse a cabo la cirugía de rodilla derecha en el Hospital Británico de la Ciudad de
Buenos Aires (fs. 16/17vta.).
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El recurso interpuesto.
El letrado apoderado de la Obra social del Poder Judicial de la Nación a fs. 37/42
interpuso recurso de apelación Al respecto, manifiesta que la arbitrariedad e ilegalidad es inexistente en el accionar
de su representada. En efecto, hace mención que en ningún momento se dejó a la amparista
sin cobertura por el contrario su representada ha instado todos los medios para dar
cumplimiento a la pretensión solicitada.
En tal contexto, describe que con fecha 8/4/16 el departamento de compras de la obra
social recibió el pedido de “prótesis de revisión Rtm con tallos modulares constreñida
cemento c/ ATB set lavado pulsar Cx 28/4/16” prescripto el 7/4/16 y suscripto por el Dr.
G.. Frente a dicho pedido su instituyente autorizó el presupuesto de Villaba
Fecha de firma: 16/02/2017 Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA Firmado por: O.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.S. , JUEZ DE CAMARA #28567433#172025572#20170217093037392 H.. el 22/4/16 comprendiendo “set de prótesis para reemplazo total de rodilla de revisión
con tallos modulares y con opción a semiconstreñida modelo H. H. nacional, cemento
subiton con getamicina, hemosuctor ultravac y campo quirúrgico”.
Indica que desconoce el motivo por el cual no se llevó a cabo la cirugía y advierte que
el certificado acompañado por la actora de fecha 16/06/16 no fue presentado en la Obra
social. Asimismo, señala que tomó conocimiento de la suspensión de la cirugía con el
certificado obrante a fs. 8 donde el galeno indicó la suspensión de la intervención “por falta
de implante adecuado”.
Continúa su relato y manifiesta que en la nueva prescripción el médico requirió una
prótesis importada y que, conforme a la normativa vigente Resolución 781/2016, la cobertura
por parte de la obra social es del 100% de la prótesis de menor valor de plaza del elemento
nacional. Que en caso de que no exista implante de fabricación nacional, la...
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